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Presenta diputado Alejandro Gloria iniciativa para declarar el 14 de septiembre como

22 de noviembre de 2018. H. CONGRESO DEL ESTADO.
PRESENTE.-

El suscrito, Alejandro Gloria González, en mi carácter de Diputado de la Sexagésima Sexta Legislatura y como representante del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1 y 68, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; los artículos 57, 167 fracción I, 168 y 169 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como 13 fracción IV, 75, 76 y 77 fracción I del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo, someto a consideración del Pleno la presente Iniciativa con carácter de ACUERDO a fin de solicitar al Ejecutivo del Estado, llevar a cabo el proceso necesario para la emisión de la declaratoria de la Charrería como Patrimonio Cultural Inmaterial, así como para declarar el día catorce de septiembre de cada año como Día Estatal del Charro;

Lo anterior al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

Los orígenes de la charrería en México se remontan a mediados de siglo XVI, cuando la ganadería y las prácticas ecuestres comenzaron a ser tradición en un país en aquel momento conquistado por las tropas españolas. Los caballos traídos al continente tras la conquista, si bien en un principio fueron utilizados como símbolo de poder y control –ya que se prohibía a indígenas y esclavos utilizarlos- terminaron transformándose en grandes apoyos para la realización del trabajo cotidiano debido al crecimiento de las actividades económicas que se desarrollaban en las haciendas, ranchos y minas, mismas que requerían jinetes diestros para manejar el ganado.
El agro mexicano giró durante varios siglos en torno a la economía de las haciendas, en las que predominaba la cría de ganado mayor; en dichos lugares se comenzaron a utilizar grandes cantidades de trabajadores, mismos que haciendo uso de sus habilidades en las artes del campo, dieron origen a la Charrería, la cual es una mezcla entre la equitación, actividades ecuestres y otras tradiciones ganaderas especialmente mexicanas.
Posteriormente, si bien la Revolución trajo consigo diversos cambios sociales entre los que tuvo lugar la desaparición paulatina de las haciendas, no ocurrió igual con la charrería, que buscando abrirse espacios, unió a un grupo de personas que crearon en 1920 la primera asociación de charros, llamada “Charros de Jalisco”.
En el año de 1931 el entonces Presidente de la República Pascual Ortiz Rubio, declaró el 14 de septiembre "Día del Charro", para que los Charros fueran reconocidos de manera previa a la celebración del grito de Dolores y de la Independencia. Es así como inicia el reconocimiento y el auge de la práctica de la charrería, para en 1933 establecer formalmente la Federación Mexicana de Charrería con el propósito de reglamentar dicha actividad y conjuntar las asociaciones de charros existentes en el país, logrando la consolidación de la charrería como deporte nacional, su promoción y la organización de eventos oficiales a lo largo del país.
Dicho reconocimiento no ha parado, y tras cinco años de gestiones, en 2016 el Gobierno Federal anuncia de manera conjunta con la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Secretaría de Cultura, el Instituto Nacional de Antropología e Historia y la comunidad de charros anuncia el logro de la inscripción de la charrería como tradición ecuestre en México dentro de la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad De la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) reconociendo esta práctica como un claro ejemplo de la diversidad de las expresiones culturales que surgen a raíz del encuentro de las culturas que dan origen a México.
La Charrería constituye un conjunto de técnica y competencia en el marco de un ambiente festivo en su ejecución que expresa arte, cultura y tradición siendo sus protagonistas el Charro y la Adelita como símbolo de mexicanidad; alrededor de la Charrería se consolidan una serie de tradiciones mexicanas que completan dicha actividad deportiva, iniciando con la Marcha de Zacatecas, hoy declarada Himno Charro mientras desfilan los diferentes equipos que participan en la competencia en cuestión para dar paso al desarrollo de las suertes y demás pruebas de Charrería.
La práctica de la esta actividad no hace distinción por razón de género: desde tiempo atrás se ha reconocido la participación de la mujer en este deporte, denominándose Escaramuceras Charras, las cuales en una forma valiente y temeraria realizan sus movimientos a galope sobre sus cabalgaduras ejecutando pasadas y cruzadas en forma de Escaramuzas.
Actualmente, la Charrería se practica en México a través de casi dos mil eventos anuales en los que participan alrededor de mil asociaciones charras existentes. No menos importante es señalar que su práctica se ha difundido en los Estados Unidos de América, en donde se encuentran 184 comunidades charras distribuidas en 13 estados conformados por Arizona, California, Colorado, Idaho, Illinois, Kansas, Nebraska, Nevada, Nuevo México, Oklahoma, Oregon, Texas y Washington.
Chihuahua no ha sido la excepción y ha conjuntado a un gran número de personas, quienes preocupadas por mantener viva esta tradición, se han asociado y registrado debidamente ante la Federación Mexicana de Charrería con el fin de reconocer y difundir la práctica de esta actividad, siendo exponentes reconocidos a nivel internacional.
En tal virtud y a petición de la comunidad de charros y escaramuceras en el Estado, la presente propuesta tiene como objetivo lograr la Declaratoria de la Charrería como Patrimonio Cultural Inmaterial así como la Declaratoria del Día del Charro, a celebrarse los días catorce del mes de septiembre de cada año, para que, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Protección del Patrimonio Cultural del Estado de Chihuahua, se vinculen de manera efectiva los valores que promueve la práctica de dicha actividad con el patrimonio cultural, garantizando su preservación y desarrollo a través de las disposiciones vertidas en dicho ordenamiento.

Es por lo anteriormente expuesto, que someto a consideración de este Alto Cuerpo Colegiado la presente iniciativa con carácter de:
A C U E R D O

PRIMERO.- La Sexagésima Sexta Legislatura del Estado de Chihuahua, solicita respetuosamente al Poder Ejecutivo del Estado reconocer el valor cultural de la actividad de la Charrería dada la importancia que reviste en la conformación de la identidad cultural de los chihuahuenses como base conceptual y primigenia de las manifestaciones materiales de la tradición popular.

SEGUNDO.- La Sexagésima Sexta Legislatura del Estado de Chihuahua, exhorta respetuosamente al Ejecutivo Estatal para que conforme al procedimiento establecido en la Ley del Patrimonio Cultural del Estado de Chihuahua, tenga a bien analizar la viabilidad, y en su caso formular el proyecto mediante el cual se efectúe la Declaratoria como Patrimonio Cultural Intangible de la actividad de la Charrería, así como la declaratoria del Día del Charro, a celebrarse los días catorce del mes de septiembre de cada año.

TERCERO.- La Sexagésima Sexta Legislatura del Estado de Chihuahua, solicita atentamente al Ejecutivo Estatal, para que tenga a bien analizar la posibilidad de coordinarse con los sectores público, social y privado, así como con los Ayuntamientos de los 67 municipios del Estado, a fin de unirse a la celebración del Día Estatal del Charro los días catorce del mes de septiembre de cada año.

CUARTO.- Para los efectos conducentes, remítase copia del presente Acuerdo y del Dictamen que le dio origen, a las autoridades competentes.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo del Estado a los 22 días del mes de noviembre de 2018.

A T E N T A M E N T E,


DIP. ALEJANDRO GLORIA GONZÁLEZ.
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO.