Noticias

Insta diputada Marisela Sáenz reformar la Ley de la Operadora Municipal de Estacionamientos de Juárez

27 de noviembre de 2018.

H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA:
PRESENTE.-

La que suscribe Marisela Sáenz Moriel en mi carácter de Diputada a la Sexagésima Sexta Legislatura y coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, en uso de las facultades conferidas por los artículos 68, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 167 párrafo primero y 168, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, así como los artículos 75, 76 y 77 del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo, me permito someter a la consideración de esta Soberanía, iniciativa con carácter de DECRETO a efecto de reformar el primer párrafo del ARTÍCULO QUINTO y adicionar el numeral 10, así también adicionar las fracciones VII, VIII, IX, y X al ARTÍCULO NOVENO, todos de la “Ley de la Operadora Municipal de Estacionamientos de Juárez” al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Si bien es cierto, el tema que esta ley propone no es desconocido, desafortunadamente en las últimas décadas en lo que respecta a infraestructura de las ciudades, desarrollo urbano y vialidad se ha orientado más el interés por leyes que promuevan las grandes construcciones, obras e infraestructura que de una mejor imagen urbana lo cual es aplaudible aunque desafortunadamente se hace dejando a un lado la enorme problemática que existe en las ciudades, en particular en Ciudad Juárez, respecto al tema de estacionamientos así como del gran número de familias que viven de esta loable actividad; el cuidado de vehículos estacionados en establecimientos y áreas públicas o privadas.
Es importante señalar que desde el 1990 que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado la Ley de la Operadora Municipal de Estacionamientos de Juárez, ésta solo ha sufrido dos cambios el primero de ellos en 2003 y el segundo en 2005, ajustando en todos los casos, artículos en razón de las atribuciones de este descentralizado del municipio, pero no así en materia de funciones y mucho menos de transparencia y rendición de cuentas.
El flujo de efectivo producto de la aportación de los ciudadanos en mirillas y estacionamientos públicos es un tema de importancia pues la falta de condiciones tecnológicas y poca vigilancia en los procesos de recolección de efectivo son caldo de cultivo para el desarrollo de actos peculado y corrupción. Pues actualmente es imposible el cálculo real de dichos ingresos bajo los mecanismos técnicos y premisas adoptadas para la ejecución de estas tareas, que a pesar de que existen un sin número de ejemplos en el mundo de manejo y gestión de estacionamientos públicos y privados en los principales Municipios de Argentina, Brasil, Colombia, EE.UU y Francia, pareciera que somos indignos o que no tenemos la capacidad de encontrar la tecnología y estrategias para darle en corto plazo solución a este problema y traer importantes inversiones y recursos para las arcas municipales en Cd. Juárez.
Otro asunto fundamental cuando de estacionamientos públicos y privados hablamos, es el relacionado con la razón fundamental de los mismos, que debería ser salvaguardar el vehículo en un lugar seguro y bajo la vigilancia de alguna persona, llámese a esta: guardia, cuidador de vehículos, franelero, parquero, etc; y aunque estos últimos corresponden a un oficio de tradición, la profesionalización, regulación e incluso equipamiento son fundamentales ya que resulta sumamente arriesgado cumplir con el objetivo de su oficio en medio de tantas circunstancias a las que se ven expuestos, por ejemplo: tan solo en ciudad Juárez en 2017 se reportaron más de 2400 vehículos robados con o sin violencia, muchos de estos casos en estacionamientos públicos y privados, mientras que en lo que va del 2018 hasta el mes de julio se reportan 1802 casos, por lo que de mantenerse la tendencia podría llevar esta cifra al cierre del año a más de 3000 robos.
Sin lugar a dudas no es interés en esta exposición de motivos argumentar que estos vehículos fueron robados en su totalidad en estacionamientos públicos y privados, pero si señalar el hecho de que las miles de personas que desempeñan este loable oficio, de cuidar y estacionar vehículos en establecimientos públicos y privados, podrían ser pieza clave en la estrategia de prevención de robo de vehículos y vigilancia de los mismos en la ciudad si tan solo contaran con la capacitación, equipamiento y reconocimiento necesario.
Es por esta razón que esta iniciativa busca contribuir en tres ejes:
1.- La transparencia y rendición de cuentas de la Operadora Municipal de Estacionamientos de Juárez.
2.- La garantía de condiciones, manejo y regulación de la actividad de “Vigilante de Autos” en el municipio de Cd. Juárez.
3.- La disminución de los índices de robo de vehículos con o sin violencia en el municipio de Cd. Juárez.
Es por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo establecido por los artículos previamente citados, me permito poner a consideración de esta Honorable Asamblea el presente proyecto con carácter de:

D E C R E T O:
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el párrafo primero del ARTÍCULO QUINTO y se adiciona numeral 10, así mismo se adicionan las fracciones VII, XIII, IX, X al ARTÍCULO NOVENO, todos de la “Ley de la Operadora Municipal de Estacionamientos de Ciudad Juárez”, para quedar de la siguiente manera:
ARTÍCULO QUINTO. La Administración de la Operadora Municipal de Estacionamientos de Juárez estará a cargo de un Consejo Directivo y un Director, integrado por 12 miembros, de la siguiente manera:
1 al 9 …
10. Tres diputadas o diputados que sean designados por la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Chihuahua y que representen alguno de los distritos electorales locales con cabecera en la H. Ciudad Juárez.



ARTÍCULO NOVENO. El Consejo Directivo tendrá las siguientes obligaciones:
I al VI …
VII. Garantizar la regulación y registro de manera gratuita de quien desempeña la actividad u oficio de “Vigilante de Autos” en estacionamientos públicos y privados en el municipio de Cd. Juárez.
VIII. Procurar políticas, lineamientos y acciones que mejoren la condiciones y brinden herramientas físicas y técnicas de manera gratuita para el desempeño de la actividad de “Vigilante de Autos” en estacionamientos públicos y privados en el municipio de Cd. Juárez.
IX. Atender y dar seguimiento a las quejas que interponga la ciudadanía en general en contra de cualquier empresa prestadora de servicios de estacionamientos públicos y/o privados en Ciudad Juárez.
X. Coadyuvar con las autoridades estatales y municipales en materia de prevención de robo de Vehículos en estacionamientos públicos y privados en Ciudad Juárez esto en el ámbito de su competencia y recursos.


T R A N S I T O R I O S:

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para que elabore la Minuta de Decreto en los términos que deba publicarse,

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.



ATENTAMENTE:



DIP. MARISELA SÁENZ MORIEL