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Iniciativa del diputado Benjamin Carrera, por la cual solicita una auditoría especial a hospitales de Ciudad Juárez

28 de marzo de 2019. Juárez, Chih., a 28 de marzo del 2019

H. CONGRESO DEL ESTADO
PRESENTE.-

El que suscribe BENJAMÍN CARRERA CHÁVEZ, en emi carácter de Diputado de la Sexagésima Sexta Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en uso de las facultades que me confieren los artículos 64 fracción II, 68 fracción I, 83 bis, 83 ter y 170 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, 167, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, 75, 76 y 77 del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo, acudo ante esta Representación Popular a presentar INICIATIVA CON CARÁCTER DE ACUERDO, con el objetivo de solicitar a la Comisión de Fiscalización de este H. Congreso, para que ejerza la facultad que el confiere la fracción IX, del artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, a efecto de que ordene al Auditor Superior del Estado a realizar una AUDITORIA ESPECIAL a los hospitales; Infantil de Especialidades, de la Mujer, General y Civil Libertad, todos de Ciudad Juárez, lo anterior con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, es el órgano garante de los Derechos Humanos de los mexicanos, en su artículo 4°, se establece que;

“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.”

Este derecho está consagrado en tratados internacionales y regionales de derechos humanos y en las constituciones de países de todo el mundo, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de 1979 y la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, entre otros.

Es por esta razón que como representantes populares debemos de ejecutar acciones que permitan que los chihuahuenses tengan acceso pleno a este derecho, con la calidad necesaria y especialmente salvaguardando los derechos de las niñas, niños y adolescentes, en fechas recientes hemos sido testigos del desabasto de medicamentos, materiales y suministros en los diversos hospitales del estado, principalmente en los de Juárez, lo cual es imperante en necesidad de la convencionalidad que el Estado tiene la obligación de otorga

El propio personal médico y administrativo ha externado a los medios de comunicación la falta de insumos médicos que no les permiten desarrollar su trabajo de forma adecuada, exponiéndoles a una posible negligencia, misma que en consecuencia podría costar la vida de alguna persona, tal es así el caso de un infante recién nacido que necesitaba apoyo de una incubadora, misma que tuvo que ser sustituida por una lámpara de luz.

En este mismo tenor se ha hecho visible la necesidad de que intervengamos y colaboremos para que la Secretaria de Salud y/o Servicios de Salud del estado de Chihuahua, brinde la atención medica que se requiere. Este apoyo por medio de una auditoria es necesario ya que los recursos humanos y financieros no se están eficientando ni maximizando.

El derecho a la salud se refiere a que la persona tiene como condición innata gozar de un medio ambiente adecuado para la preservación de su salud, el acceso a una atención integral y un trato digno. Este derecho es inalienable y aplicable a todas las personas sin importar su condición social, económica, cultural o racial y para que puedan ejercerlo se deben considerar los principios de accesibilidad y equidad. El derecho a la salud significa que los gobiernos deben implementar las medidas que permitan a todas las personas vivir lo más saludablemente posible, incluyendo la disponibilidad garantizada de servicios de salud, condiciones de trabajo saludables y seguras, vivienda adecuada y alimentos nutritivos.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de este Alto Cuerpo Colegiado el siguiente proyecto de:
ACUERDO

PRIMERO. - La Sexagésima Sexta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Chihuahua solicita a la Comisión de Fiscalización de este H. Congreso, para que ejerza la facultad que el confiere la fracción IX, del artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, a efecto de que ordene al Auditor Superior del Estado a realizar una auditoria especial a los hospitales; Infantil de Especialidades, de la Mujer, General y Civil Libertad, todos de Ciudad Juárez.

SEGUNDO. - La Sexagésima Sexta Legislatura del Estado Libre y Soberano de Chihuahua solicita a la Comisión de Fiscalización de este H. Congreso que la auditoria especial verse sobre lo establecido en las fracciones IV, V, VII, de artículo 7 de la Ley de Auditoría Superior del Estado de Chihuahua.
V. Determinar el desempeño, eficiencia y eficacia de los Entes Fiscalizables en el cumplimiento de los programas, con base en los indicadores aprobados en los presupuestos, planes y programas;
VII. Verificar las obras ejecutadas, los bienes adquiridos y los servicios contratados, para comprobar que las inversiones y gastos autorizados a los Entes Fiscalizables, se hayan aplicado conforme a la ley, y alcanzado los objetivos y metas de los programas aprobados;

DADO en el Centro Cultural de las Fronteras, decretado como recinto oficial del H. Congreso del Estado de Chihuahua a los 28 días del mes de marzo del 2019.


ATENTAMENTE




DIP. BENJAMÍN CARRERA CHÁVEZ