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Congreso armoniza el decreto por el que se creó la Operadora de Transporte VIVEBÚS Chihuahua

06 de abril de 2021.
En Sesión Ordinaria desarrollada mediante acceso remoto o virtual, se reformó el decreto No. 516/2014 IV P.E., mediante el cual se creó la Empresa Propiedad del Estado denominada “Operadora de Transporte VIVEBÚS Chihuahua”, con la finalidad de adecuarlo con la legislación actual.
Dentro del dictamen presentado al Pleno por la Comisión de Obras, Servicios Púbicos y Desarrollo Urbano para su votación, se especifica que la intención de realizar las modificaciones, es entre otras, el adecuar la competencia otorgada en materia de transporte a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología en la nueva Ley de Transporte del Estado, concretamente en lo que se refiere a la integración del Consejo Directivo de la entidad paraestatal.
Asimismo en el artículo 16, se estableció que la Operadora contará con dos órganos de vigilancia, el primero integrado por uno o varios Comisarios, a designación del Consejo Directivo. El Comisario desempeñará sus funciones, facultades, atribuciones y actividades en los términos que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles.
El segundo es el Órgano Interno de Control, al frente del cual, estará una persona titular que será designada en los términos del artículo 34, fracción XII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua y dependerá jerárquica y funcionalmente de la Secretaría de la Función Pública, la cual para el ejercicio de sus facultades podrá auxiliarse por titulares de las áreas de Auditoría e Investigación y la de Substanciación y Resolución designados en los mismos términos.
Por último, fue ampliado el objeto de la empresa propiedad del Estado, para que el servicio público de transporte a su cargo, no solo se limite a la Ruta Troncal 1 y otras de la ciudad de Chihuahua, sino a las rutas que en lo sucesivo se le asignen en todo el territorio del Estado.
Es importante mencionar que dentro de los artículos transitorios, se determinó que la empresa “Operadora de Transporte VIVEBÚS Chihuahua”, tiene hasta 60 días naturales, contados a partir de la publicación del Decreto, para efectuar las modificaciones a sus estatutos orgánicos, sociales e internos aplicables.