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Reforma Congreso la Ley Orgánica del Poder Judicial en relación a las inspecciones que realiza el Consejo de la Judicatura

13 de abril de 2021.
La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, reformó el primer párrafo del artículo 165 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en lo que refiere a las visitas de inspección ordinarias a los tribunales que realiza el Consejo de la Judicatura, mismas que se realizarán tres veces al año, a fin de garantizar el derecho humano de acceso a la justicia.
Lo anterior, fue presentado por el diputado Miguel La Torre Sáenz, presidente de la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, quien señaló que con dicha acción además de garantizar el acceso a la justicia, se reforzarán las acciones para que la impartición de ésta cumpla con los más altos estándares en cuanto a calidad y prontitud, para lo cual el instrumento idóneo para realizar una valoración al respecto, lo constituyen dichas visitas de inspección.
Aunado al establecimiento de la periodicidad en la que se habrán de realizar las visitas, una vez ejecutadas, se realizará un informe público, con la finalidad de fomentar la transparencia y que los datos obtenidos estén para consulta de la ciudadanía de manera directa, agregó el Legislador.
A la vez, resaltó que los mecanismos de vigilancia e inspección, como son las visitas referidas, son un elemento imprescindible para evaluar el desempeño del funcionariado judicial, lo que permite identificar las fortalezas y debilidades de las distintas áreas que conforman a los tribunales, siempre con la intención de mejorar aspectos que lo requieran.
Por último mencionó que en el año 2019 cuando se expidió la actual Ley Orgánica del Poder Judicial, se suprimió el segmento en el que se mencionaba la periodicidad de las actuaciones referidas, por lo que cual, con la presente adecuación se redoblarán los esfuerzos en las labores de inspección de los órganos jurisdiccionales, al establecer que las visitas se lleven a cabo cuando menos tres veces al año, y por ende, con ello se fortalecerá el derecho humano de acceso a la justicia, lo cual debe ser prioridad para todas las autoridades.
Dado a lo antes mencionado, la adecuación realizada quedó redactada de la siguiente manera:
Artículo 165. Las personas visitadoras, de acuerdo con los sorteos periódicos que realice el Consejo, deberán visitar e inspeccionar de manera ordinaria los tribunales, cuando menos tres veces al año, de conformidad con las disposiciones generales que emita el Consejo. El informe que resulte de dichas inspecciones será público.