Sesión de clausura del Segundo Periodo Ordinario de la Sexagésima Séptima Legislatura, dentro del tercer año de ejercicio constitucional, que se realiza de manera presencial en el Recinto Oficial del Poder Legislativo, y en la modalidad de acceso remoto o virtual.
Sesión de instalación de la Segunda Diputación Permanente dentro del tercer año de ejercicio constitucional Sexagésima Séptima Legislatura, que se realiza de manera presencial en el Recinto Oficial del Poder Legislativo, y en la modalidad de acceso remoto o virtual.
Sesión de Homenaje al Niño y a la Niña y a la Educación Cívica, denominado “Diputado y Diputada Infantil por un Día”, dentro del tercer año de ejercicio constitucional de la Sexagésima Séptima Legislatura, que se realiza de manera presencial en el Recinto Oficial del Poder Legislativo.
De conformidad con el artículo 160 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, las sesiones del Pleno son públicas, salvo en los casos que en el mismo precepto se establecen.
En consecuencia, no se requiere autorización alguna para asistir a las mismas.
Dip. Adriana Terrazas Porras
Dip. Diana Ivette Pereda Gutiérrez
Dip. Ana Georgina Zapata Lucero
Sus reuniones serán públicas, salvo en los casos previstos en el artículo 160 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
Sus reuniones serán públicas, salvo en los casos previstos en el artículo 29 del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo.
No hay próximas reuniones
De conformidad con el artículo 103 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo las reuniones de Comisión son públicas, pero podrán celebrarse reuniones privadas, atendiendo a la naturaleza de los asuntos que se traten.
En consecuencia, no se requiere autorización alguna para asistir a las mismas, salvo en los casos señalados.
Con la finalidad de fortalecer y crear mecanismos de colaboración entre organismos públicos, en materia de archivos, se reunieron de manera virtual las y los titulares de los Archivos Legislativos de la República Mexicana. Seguimos trabajando en fortalecer nuestra cultura archivística.
El 29 de abril de 1933, se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para prohibir la reelección ininterrumpida de los diputados, la que no se prohibía ni limitaba en la Ley Suprema aprobada por el Constituyente de 1916 - 1917. La reforma de 1933 nada tuvo que ver con el proceso histórico general del país ni con las demandas de la Revolución Mexicana; obedeció a circunstancia menores de carácter coyuntural, sin vínculo alguno con principios ideológicos, políticos ni ...