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Fundamental impulso de políticas regionales contra la violencia digital

10 de agosto de 2024. Con el objetivo de atacar el fenómeno de la violencia digital, hoy en día disparado por las nuevas tecnologías y amplitud en el uso de las redes sociales, he propuesto una reforma que sancione dicha conducta, con énfasis en que sea atacada desde un abordaje regional.

La violencia digital puede ocurrir en cualquier momento y lugar, y sus efectos pueden persistir indefinidamente en la red.

Esta se manifiesta a través de acoso, difamación, amenazas, extorsión que tienen consecuencias psicológicas y de otros tipos hacia las víctimas, esto hace urgente que nos planteemos acciones de regulación y también de prevención.

Una de las formas más comunes de violencia digital es el ciberacoso, que implica el uso de medios digitales para hostigar, humillar o intimidar a una persona de manera repetida. Este acoso puede ocurrir en plataformas de redes sociales, foros, aplicaciones de mensajería y otros espacios en línea, y puede ser perpetrado por individuos conocidos o anónimos.

Otra forma de violencia digital es la difusión no consensuada de imágenes o videos íntimos, también conocida como pornografía de venganza. Este tipo de agresión es particularmente devastador para las víctimas, ya que viola su privacidad y puede tener consecuencias duraderas en su vida personal y profesional. En muchos casos, las imágenes o videos se distribuyen de manera masiva, lo que agrava el daño psicológico y social.

La difamación y el discurso de odio también son formas de violencia digital que pueden afectar gravemente a las personas. La difamación implica la publicación de información falsa o engañosa con el objetivo de dañar la reputación de alguien. El discurso de odio, por su parte, se refiere a la expresión de ideas que incitan a la discriminación, violencia o intolerancia hacia un grupo o individuo. Estas formas de violencia digital no solo perjudican a las víctimas, sino que también contribuyen a la polarización social y la propagación de la desinformación.

La violencia digital no se limita a estos ejemplos; también incluye amenazas en línea, extorsión, hacking, suplantación de identidad y otras acciones que buscan dañar, controlar o manipular a las personas. La facilidad con la que se pueden llevar a cabo estas agresiones, combinada con el anonimato que a menudo proporciona el entorno digital, hace que la violencia digital sea un problema particularmente complejo de abordar.

El impacto de la violencia digital en las víctimas es profundo y multifacético. A nivel psicológico, las víctimas pueden experimentar ansiedad, depresión, estrés postraumático y otras afecciones mentales. El acoso y la difamación en línea pueden llevar a la pérdida de autoestima, aislamiento social e incluso, en casos extremos, al suicidio. Además, la violencia digital puede tener consecuencias tangibles, como la pérdida de empleo, el deterioro de relaciones personales y la exposición a riesgos físicos.

El entorno digital también presenta un desafío para la regulación y la aplicación de la ley. A diferencia de la violencia física, que se produce en un espacio y tiempo definidos, la violencia digital puede ocurrir en cualquier momento y lugar, y sus efectos pueden persistir indefinidamente en la red.

La violencia digital será sancionada en la forma y términos que establezca el Código Penal para el Estado de Chihuahua y otorgará garantías a ciudadanas y ciudadanos, incluyendo a niñas, niños y adolescentes a no sufrir de esta.

Tanto las autoridades, como quienes ejerzan la patria potestad, tutela, guarda o custodia deberán tomar acciones para detectar y atender en forma integral aquellos casos en que se utilicen las tecnologías de la información y comunicación para agredir o vulnerar su dignidad, intimidad, libertad y vida privada.

Partido Revolucionario Institucional  Dip. Bazán Flores Omar