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13 de agosto, 15º Período Extraordinario de Sesiones de la 67 Legislatura

12 de agosto de 2024. -Se desahogarán diversos asuntos, entre ellos los relativos a la elección de magistraturas del TEJA y la posible ratificación del Lic. Roberto Fierro en la Secretaría de la Función Pública.

La Diputación Permanente del Congreso de Chihuahua citó a su Decimoquinto Período Extraordinario de Sesiones, el cual iniciará a las 11:00 horas del 13 agosto del año en curso, en el cual se pondrán a votación del Pleno diversos dictámenes que la Junta de Coordinación Política y las comisiones tienen preparados.
Dentro de los asuntos a presentar están:

Junta de Coordinación Política
1. Dictamen con carácter de acuerdo, que contiene las ternas para ocupar el cargo de Magistradas o Magistrados del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa. (Votación por cédula)

2. Dictamen con carácter de acuerdo, mediante el cual se considera que el Lic. Roberto Javier Fierro Duarte, satisface los requisitos de elegibilidad constitucionales, para ocupar la titularidad de la Secretaría responsable del Control Interno del Ejecutivo y/o Secretaría de la Función Pública. (Votación por cédula)

Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública
3. Dictamen con carácter de decreto, por el que se reforma el Artículo Cuarto Transitorio, párrafo tercero, de la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua, para el Ejercicio Fiscal 2024.
4. Dictamen con carácter de decreto, por el que se autoriza a los Municipios del Estado, para que gestionen y contraten con cualquier institución financiera de nacionalidad mexicana, uno o varios financiamientos, en su modalidad de crédito simple, para que afecten como fuente de pago un porcentaje del derecho a recibir y los ingresos que individualmente les correspondan del Fondo General de Participaciones y para que celebren contratos de mandato especial irrevocable para actos de dominio, o bien, formalicen los convenios necesarios para adherirse a un fideicomiso irrevocable de administración y pago, en cualquiera de los casos con objeto de constituir el mecanismo de pago de los financiamientos que individualmente contraten.
5. Dictamen con carácter de decreto, por el que se autoriza a los Municipios del Estado, para que gestionen y contraten, con cualquier institución financiera de nacionalidad mexicana, uno o varios financiamientos; para que afecten como fuente de pago un porcentaje del derecho a recibir y los flujos de recursos que individualmente les correspondan del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y para que celebren contratos de mandato especial irrevocable para actos de dominio, o bien, formalicen los convenios necesarios para adherirse a un fideicomiso irrevocable de administración y pago, en cualquiera de los casos con objeto de constituir el mecanismo de pago de los financiamientos que individualmente contraten.

Comisión de Educación, Cultura Física y Deporte
6. Dictamen con carácter de decreto, por el que se reforma el artículo 802 del Código Administrativo del Estado de Chihuahua, respecto a los requisitos para cubrir las vacantes de enseñanza superior.

Comisión de Pueblos y Comunidades Indígenas
7. Dictamen con carácter de decreto, por el que se adiciona el artículo 3 Bis; y 14, fracción VII, un párrafo segundo, ambos de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, a fin de garantizar el personal con dominio del idioma y la cultura de los pueblos y comunidades indígenas, en los órganos que tengan mayor incidencia de casos que involucren a personas indígenas.
8. Dictamen con carácter de decreto, por el que se expide la Ley de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Chihuahua.
Cabe mencionar que se cita a periodo extraordinario ya que para el desahogo de los asuntos en mención se requiere del pronunciamiento del Poder Legislativo reunido en Pleno.