Aprueba Congreso Decreto que da alternativas para que municipios puedan allegarse de recursos a un bajo costo financiero Descargar imagen 13 de agosto de 2024. Podrán afectar como fuente de pago un porcentaje del derecho a recibir y los ingresos que individualmente les correspondan del Fondo General de Participaciones. Con la finalidad de que las próximas administraciones municipales 2024-2027, cuenten con una alternativa a su alcance que les permita anticipar y/o allegarse de recursos a un bajo costo financiero, el Congreso del Estado aprobó el Decreto mediante el cual se les autoriza la contratación de uno o varios financiamientos, en la modalidad de crédito simple. Ahora bien, dicho Decreto a la letra dice: Por el cual se autoriza a los Municipios del Estado de Chihuahua, para que por conducto de los funcionarios legalmente facultados y en los términos de ley, gestionen y contraten con cualquier institución financiera de nacionalidad mexicana, incluyendo sin limitar a las Instituciones de Crédito que operen en el territorio nacional, siempre que en cualquier caso ofrezca las mejores condiciones de mercado, uno o varios financiamientos, en su modalidad de crédito simple, hasta por el monto, para el destino, los conceptos, plazos, términos, condiciones y con las características que se establecen en el presente Decreto; para que afecten como fuente de pago un porcentaje del derecho a recibir y los ingresos que individualmente les correspondan del Fondo General de Participaciones y para que celebren contratos de mandato especial irrevocable para actos de dominio, o bien, formalicen los convenios necesarios para adherirse a un fideicomiso irrevocable de administración y pago, en cualquiera de los casos con objeto de constituir el mecanismo de pago de los financiamientos que individualmente contraten. En un artículo transitorio se establece que: el importe del o los financiamientos que individualmente decida contratar cada Municipio, no podrán exceder la cantidad autorizada, para cada uno de ellos, en el Artículo Segundo del presente Decreto; en tal virtud, el monto de cada financiamiento se establecerá al considerar el periodo disponible entre el momento de su contratación y el plazo máximo para su amortización; así mismo el importe máximo para cada Municipio deberá estar dentro del Techo de Financiamiento Neto que le corresponda en términos de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios. Cabe mencionar que los financiamientos podrán contratarse durante 2024 y/o 2025 y deberán pagarse en su totalidad a más tardar el primer día hábil bancario del mes de septiembre de 2027. La propuesta fue presentada por el diputado Luis Alberto Aguilar Lozoya, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional. Una vez aprobada la reserva presentada por la diputada Rosana Díaz, se estableció en el primer artículo transitorio que el decreto aprobado entrará en vigor el día 11 de septiembre del 2024, y tendrá una vigencia de 180 días.
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