Propone diputado Sánchez que los CEJUM sean parte de la FEM hasta enero del 2022 Descargar imagen 07 de septiembre de 2021. El diputado de Movimiento Ciudadano presentó iniciativa de acuerdo, a fin de exhortar al Gobierno del Estado de Chihuahua, para que por conducto de su titular, la reforma del artículo 8 Bis de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, consistente en que los Centros de Justicia para las Mujeres formen parte de la estructura administrativa de la Fiscalía Especializada de la Mujer, hasta el primero de enero de 2022, una vez que se cumplan la previsiones presupuestales correspondientes. A continuación el contenido íntegro de la iniciativa leída por el Legislador: H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA PRESENTE. – El suscrito Francisco Adrián Sánchez Villegas, en mi carácter de Diputado de la Sexagésima Séptima Legislatura y Coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 64 fracciones I y II, y 68 fracción I de la Constitución Política del Estado, así como la fracción I del artículo 167, 169 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, acudo ante este H. Congreso del Estado de Chihuahua para exhortar de manera respetuosa a María Eugenia Campos Galván en su carácter de Gobernadora electa del Estado de Chihuahua para que se ejecute la reforma del artículo 8 Bis de la Ley Orgánica del Estado de Chihuahua hasta el primero de enero de 2022, lo anterior según lo siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: La creación del Centro de Justicia para las Mujeres en Chihuahua atiende al cumplimiento de diversos compromisos de carácter internacional así como a diversas resoluciones en materia de Derechos Humanos -como la del Campo Algodonero- en las que se ha visualizado la necesidad de tener instituciones especializadas en la atención a mujeres víctimas del delito por razones de género, la tendencia nacional y una de nuestras aspiraciones en el Estado es que este tipo de organismos cuenten con autonomía técnica, administrativa, independencia presupuestaria y personalidad jurídica y patrimonio propio, estas características dotan las herramientas necesarias para que el trabajo en favor de las mujeres víctimas no encuentre trabas administrativas innecesarias. El 30 de abril de 2021 la Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua emitió el decreto número LXVI/RFLEY/1057/2021 XIV P.E. en el cual se reforman diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua en concreto la creación del artículo 8 Bis de esta Ley coloca a los Centros de Justicia para Mujeres bajo la dirección de la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por razones de Género y a la Familia. Este decreto entrará en vigor en los términos del artículo 68 fracción VI párrafo segundo de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, esto es una vez que la gobernadora tome protesta y el decreto sea publicado en el Periódico Oficial del Estado La ejecución de esta reforma implica una transferencia de información, activos, personal, casos, entre otras cosas de la Secretaría General de Gobierno a la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por razones de Género y a la Familia, las acciones previas para la transición son numerosas, por lo tanto hacer una modificación de esa magnitud sin un período de planeación y preparación suficiente pone en riesgo la atención que reciben las usuarias, que son mujeres en calidad de víctimas que son receptoras de atención psicológica, jurídica, institucional, entre otras. En el mismo sentido lo inminente de la aplicación de la reforma no da la oportunidad para que sea discutido el tema presupuestal de los Centros de Justicia para la Mujer. Como consecuencia del decreto LXVI/RFLEY/1057/2021 XIV P.E. deben hacerse adecuaciones a los diversos reglamentos que desarrollan la forma en que se aplicará la reforma, con este fin en el artículo SÉPTIMO TRANSITORIO se dio al ejecutivo un plazo no mayor a 180 días para que adecuara las disposiciones reglamentarias, presentara las iniciativas necesarias y demás adecuaciones al marco jurídico, lo cual prueba lo complejo del tema y la necesidad de tomar un período de preparación, por lo tanto se A C U E R D A: ÚNICO. La Sexagésima Séptima Legislatura del Estado de Chihuahua exhorta atenta y respetuosamente al Gobierno del Estado de Chihuahua por conducto de su titular, a fin de que la reforma del artículo 8 Bis de la Ley Orgánica del Estado de Chihuahua, consistente en que los Centros de Justicia para las Mujeres formen parte de la estructura administrativa de la Fiscalía Especializada de la Mujer, hasta el primero de enero de 2022, una vez que se cumplan la previsiones presupuestales correspondientes ECONÓMICO: Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para que elabore la Minuta de Acuerdo en los términos en que deba publicarse. D A D O en la sede del Poder Legislativo, en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua. A T E N T A M E N T E FRANCISCO ADRÍAN SÁNCHEZ VILLEGAS DIPUTADO CIUDADANO GRUPO PARLAMENTARIO DE MOVIMIENTO CIUDADANO.
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