Noticias

Presenta diputada Díaz, iniciativa para solicitar la comparecencia de la Fiscal Especializada en Combate a la Corrupción

07 de septiembre de 2021. La diputada Rosana Díaz, presentó iniciativa con carácter de punto de acuerdo, a efecto de que, de conformidad con el numeral 64, fracción XLVII de la Constitución Política del Estado, se llame a comparecer a la Fiscal Especializada en Combate a la Corrupción a fin de informar las causas determinantes que generaron el retiro de la petición de formular imputación en contra de María Eugenia Campos Galván, solicitada en el oficio FACH-VIP-CIP-CEEZ-0021/2021.


H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
PRESENTE. -

Los que suscriben DAVID OSCAR CASTREJÓN RIVAS, EDIN CUAUHTÉMOC ESTRADA SOTELO, LETICIA ORTEGA MÁYNEZ, OSCAR DANIEL AVITIA ARELLANES, ROSANA DÍAZ REYES, GUSTAVO DE LA ROSA HICKERSON, MAGDALENA RENTERÍA PÉREZ, MARÍA ANTONIETA PÉREZ REYES, ADRIANA TERRAZAS PORRAS Y BENJAMÍN CARRERA CHÁVEZ en nuestro carácter de Diputados a la Sexagésima Séptima Legislatura todos integrantes del Grupo Parlamentario de MORENA, en uso de las facultades que nos confiere el numeral 68 fracción I de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, así como los ordinales 169, 170, 171, 175 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, acudo ante esta Honorable Representación, a presentar Iniciativa con carácter de Punto de Acuerdo, por el que de conformidad con el numeral 64 fracción XLVII de la Constitución Política del Estado, se ordene Citar a comparecer a la Fiscal Especializada en Combate a la Corrupción a fin de Informar sobre el retiro de la petición de formular imputación mediante oficio FACH-VIP-CIP-CEEZ-0021/2021, dentro de la causa penal 3022/2021, de este Distrito Judicial de Morelos, imputación en contra de María Eugenia Campos Galván por hechos que pudieran ser constitutivos del Uso ilegal de atribuciones y facultades y cohecho en perjuicio del Municipio de Chihuahua, conforme a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En aras de fortalecer el estado democrático se creó la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción con el carácter Órgano Constitucional Autónomo especializado, encargado de ejercer las facultades atribuidas por la Constitución Federal y local, así como en las demás leyes aplicables a los órganos responsables de la investigación de hechos de corrupción, contando con facultades de promoción de la acción de extinción de dominio de bienes, en los supuestos establecidos en la ley de la materia, cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios, autonomía técnica y presupuestal, normativa y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y en cuanto a su organización interna e independiente en su funcionamiento y decisiones para la investigación y persecución de delitos por hechos de corrupción.

Este honorable cuerpo colegiado nombro Fiscal Especializada en Combate a la Corrupción en agosto de 2018, persona que, a consideración del pleno, reunía los requisitos necesarios para ejercer la acción penal en las carpetas de investigación que tuvieran indicios necesarios para ser judicializados.

Dos años después de emitido el nombramiento de la Fiscal, 4 de febrero de 2020 inició funciones la Fiscalía Anticorrupción, su titular declaro en varias oportunidades la probable participación de la hoy Gobernadora electa en hechos que a su óptica eran indiciarios de la probable participación en hechos tipificados.

Sin embargo, una semana antes de que la Mtra. Campos Galván tome protesta como Gobernadora del Estado de Chihuahua, la Fiscal emite declaraciones relativas a que es cuestionable establecer, incluso en grado de probabilidad, la participación de Maru Campos.

Por su parte la juez Hortensia García Rodríguez admitió el desistimiento de la acción penal del Ministerio Público, sin que se haya podido realizar la primera audiencia de vinculación a proceso por los amparos que la indiciada presentó.

Así mismo, hay una contradicción en la conducta que desplego la Fiscal Anticorrupción, hasta antes de retirar los cargos, pues todos los Actos Procesales que realizo, fueron con una absoluta convicción de que estaba acreditado el delito y la probable responsabilidad de la Mtra. Maria Eugenia Campos Galván, esto se acredita claramente con las acciones procesales que realizó esa fiscalía anticorrupción que a continuación se exponen:

1. SEGUNDA IMPUTACIÓN. En fecha 16 de abril, se intenta formular nueva imputación a María Eugenia Campos Galván en la causa penal 3022/20, por recibir sobornos por 1.3 millones de pesos en perjuicio del municipio.

2. DIFERIMIENTO. El día 16 de abril, se suspende y difiere la segunda imputación en contra de María Eugenia Campos Galván, por falta de entrega completa a la defensa de las constancias totales de la carpeta de investigación.

3. 26 de abril. La Fiscalía Anticorrupción solicito al Juez de Control en la causa penal 3022/20, se fijara nuevamente fecha y hora para la audiencia de formulación de imputación a María Eugenia Campos Galván.

4. 03 de mayo. La Fiscalía Anticorrupción al no tener respuesta del Juez de Control sobre la solicitud de fecha y hora para la celebración de la audiencia de formulación de imputación a María Eugenia Campos Galván, interpone recurso de queja contra el Juez de Control, con fundamento en el Artículo 135 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

5. 14 de mayo. Se solicito por el Diputado Gustavo de la Rosa Hickerson, tanto a la Fiscalía Anticorrupción, Juez de Control y al Presidente del Tribunal Superior de Justicia, personalidad como asesor jurídico de la víctima (pueblo de Chihuahua), así como se fijara fecha y hora para la audiencia de formulación de imputación a María Eugenia Campos Galván.

6. 17 al 24 de mayo. Se recibió respuesta dirigida al Diputado Gustavo de la Rosa Hickerson, por las autoridades señaladas en el numeral anterior a la solicitud realizada de forma negativa.

7. 26 de mayo. Se desecho el recurso de queja interpuesto por la Fiscalía Anticorrupción en contra del Juez de Control, por considerarlo infundado.

8. 27 de mayo. Se solicito nuevamente al Juez de control por la Fiscalía Anticorrupción, se fijara fecha y hora para la audiencia de formulación de imputación a María Eugenia Campos Galván.

9. 09 de junio. Según informó la Fiscalía Anticorrupción, se emite acuerdo por el Juez de Control de la causa penal 3022/20, en la que no se señala fecha y hora para la audiencia de formulación de imputación a María Eugenia Campos Galván, solo se pronuncia para dar vista al Ministerio Publico de la Fiscalía Anticorrupción, sobre cuestiones tales como:

a. La promoción por parte de la defensa de María Eugenia Campos Galván que no cuenta con las copias completas de la carpeta de investigación y solicita le sean expedidas en forma fotostáticas no electrónica, la defensa interpone juicio de amparo por no contar las mencionadas copias y no se les concede la suspensión provisional por el Juez de Distrito.

b. La manifestación de la víctima (ayuntamiento de Chihuahua), por medio de su asesor jurídico, que la Fiscalía Anticorrupción no le provee las copias completas de la carpeta de investigación, siendo que la mayoría de las constancias con las que se integrada la carpeta fueron a su vez provistas por el ayuntamiento.

c. Así pues, se pueden configurar estos hechos como acciones legales con la finalidad de interponer o dilatar el procedimiento, sobre todo se fije fecha y hora para la audiencia de formulación de imputación a María Eugenia Campos Galván.

10. 10 de junio. Se informó por la Fiscalía Anticorrupción que se celebró audiencia inicial en contra del coimputado Orlando Villalobos, en virtud de que cambio de abogado, su nueva defensa solicito copia completa de la carpeta de investigación, así como que se acumulara los autos de la causa penal 3022/20, por tratarse de los mismos hechos. La Juez de Control en principio se negó en acumular los juicios, pero finalmente fijo la fecha del 5 julio a las 9:30 horas para escuchar a la defensa de María Eugenia Campos Galván, sin citar a esta última.

11. 05 de julio. La Juez Hortensia García Rodríguez, aprobó esté día la concentración de causas de los exfuncionarios municipales Orlando Villalobos, Eduardo Zamarripa y Félix Martínez, a la causa penal 3022/2020, en la que se encuentra vinculada Maru Campos, por delito de cohecho, uso ilegal de atribuciones y facultades.

12. 27 de agosto. Mediante acuerdo, emitido por la jueza citada con antelación, se tuvo por admitida la solicitud del Ministerio Publico en cuanto a retirar la solicitud de formulación de imputación exclusivamente a la Mtra. Campos Galván, dentro de la causa penal 3022/20.
Como pueden ver, hasta acusó a la Juez de Control de ineficiencia y de presumir que ayudaba a la parte acusada a estar difiriendo sin razón fundada la Audiencia de Formulación de Imputación.

Derivado de todo lo anteriormente expuesto es que se considera necesario e imperante que la Fiscal Especializada en Combate a la Corrupción, acuda ante esta soberanía a efecto de que informe de manera clara y precisa sobre la integración de la carpeta de investigación y, en consecuencia, la determinación de presentar el oficio FACH-VIP-CIP-CEEZ-0021/2021.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado, me permito someter a la consideración de esta Asamblea la iniciativa con carácter de punto de acuerdo bajo el siguiente:


ACUERDO

ÚNICO. - La Sexagésima Séptima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, de conformidad con el numeral 64 fracción XLVII de la Constitución Política del Estado, llama a comparecer a la Fiscal Especializada en Combate a la Corrupción a fin de Informar las causas determinantes que generaron el retiro de la petición de formular imputación en contra de María Eugenia Campos Galván, solicitada en el oficio FACH-VIP-CIP-CEEZ-0021/2021.

Dado en Salón de Sesiones del Honorable Congreso del Estado, a 7 septiembre del año dos mil veintiuno.
ATENTAMENTE




DIP. DAVID OSCAR CASTREJÓN RIVAS DIP. EDIN CUAUHTÉMOC ESTRADA SOTELO



DIP. LETICIA ORTEGA MÁYNEZ


DIP. OSCAR DANIEL AVITIA ARELLANES



DIP. ROSANA DÍAZ REYES


DIP. GUSTAVO DE LA ROSA HICKERSON



DIP. MAGDALENA RENTERÍA PÉREZ


DIP. MARÍA ANTONIETA PÉREZ REYES



DIP. BENJAMÍN CARRERA CHÁVEZ


DIP. ADRIANA TERRAZAS PORRAS