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Expide Congreso Ley de Desarrollo Cultura para el Estado de Chihuahua

07 de diciembre de 2017.
El Congreso del Estado expidió la Ley de Desarrollo Cultura para el Estado de Chihuahua, la cual es un medio que garantiza el derecho a la cultura, el incentivo para el desarrollo cultural y establece mecanismos de acceso y participación de las personas y comunidades a los bienes y servicios culturales.
Esta Ley también define las bases de coordinación entre los tres órdenes de gobierno en materia de política cultural y fomenta el principio de solidaridad y responsabilidad en la sociedad civil con el propósito de preservar, conservar, mejorar y restaurar el patrimonio cultural material e inmaterial entre otros.
La Diputada María Antonieta Mendoza, expuso en tribuna que la elaboración de este cuerpo normativo surgió de las consultas en mesas de análisis, además de las realizadas para la elaboración de la Iniciativa, que se hicieron en conjunto con la comunidad cultural del Estado, así con administradores de centros culturales, catedráticos, promotores y creadores.
Además, se tuvo coordinación con el Poder Ejecutivo del Estado, particularmente con la Secretaría de Cultura y la Secretaría General de Gobierno, para alcanzar los logros derivados de las mesas de trabajo, tales como crear un Fondo de Desarrollo Cultural, un Consejo Consultivo integrando a la ciudadanía, y un Sistema de Información Cultural entre otros.
Mencionó que del proyecto destacan entre otros aspectos, los siguientes:
• Reconocer los derechos culturales de los habitantes del Estado de Chihuahua, así como promover, respetar, proteger y garantizar el ejercicio de los mismos.
• Incentivar el desarrollo cultural en la Entidad dentro del marco de respeto absoluto a los Derechos Humanos, la protección, conservación, investigación de la diversidad cultural, la transversalidad de las políticas públicas, la interculturalidad y del patrimonio material e inmaterial.
• Fortalecer la identidad cultural en el marco de la diversidad e interculturalidad.
• Establecer los mecanismos de acceso y participación de las personas y comunidades a los bienes y servicios culturales que presta el Estado.
• Garantizar el disfrute, preservación, promoción, fomento, formación, creación, investigación y difusión de las manifestaciones culturales y bioculturales en el Estado.
• Garantizar la protección, conservación y la preservación del patrimonio cultural material e inmaterial; y promover y respetar la diversidad de las manifestaciones de interculturalidad.
• Definir las bases de coordinación con los tres órdenes de gobierno en materia de política cultural.
• Establecer los mecanismos de concertación y participación con los sectores académico, social, comunitario y privado en materia de:
• Fomentar el principio de solidaridad y responsabilidad en la sociedad civil con el propósito de preservar, conservar, mejorar y restaurar el patrimonio cultural material e inmaterial.
• Identificar, mediante la investigación, la consulta y participación ciudadana, los proyectos de desarrollo cultural, actividades y programas que, en el ejercicio de los derechos culturales, propongan los grupos vulnerables, las comunidades étnicas y los pueblos indígenas, las organizaciones de la sociedad civil, personas en situación de riesgo y/o los grupos minoritarios de la población.
• Establecer las bases para que las manifestaciones culturales reflejen la diversidad cultural, la transversalidad, el intercambio, la inclusión social, la cultura del diálogo y la cultura por la paz social en el Estado.
• Fijar las bases para otorgar becas, reconocimientos y estímulos económicos en apoyo a la realización artística y desarrollo cultural en la Entidad.
La legisladora señaló que la Ley aporta conceptos nuevos e importantes, tanto para su comprensión y aplicación, como para la vida del Sector Cultural en general, ya que implica el reconocimiento expreso de derechos hacia los sujetos bajo su incidencia normativa.