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Reforma Congreso Ley Orgánica del Poder Legislativo

22 de diciembre de 2016. - En Materia de Igualdad de Género

Con el propósito de establecer las funciones que deberá desarrollar la Unidad de Igualdad de Género del Congreso del Local, así como dar formalidad a la figura del “returno” a comisiones, los diputados locales reformaron diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado.
Los cambios realizados al artículo 143 señalan que en el Congreso del Estado, se conformará la Unidad de Igualdad de Género, un mecanismo de coordinación para la institucionalización de la perspectiva de género.
Misma que será encargada de diseñar e implementar las estrategias para lograr la equidad entre hombres y mujeres.
Así mismo deberá proponer acciones orientadas a la igualdad sustantiva en el H. Congreso del Estado, promover ambientes libres de acoso laboral, proponer ante las instancias competentes políticas laborales orientadas a la igualdad sustantiva.
Además será responsable de la producción y sistematización de información con perspectiva de género, deberá generar el Programa anual de trabajo de la Unidad para calendarizar los objetivos y las acciones que tiendan a lograr la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.
Por otra parte, la reforma al artículo 75 marca que la o el Presidente de la Mesa Directiva lo será también del Congreso, los legisladores podrán acudir ante la Mesa Directiva a solicitar el cambio en el turno realizado a la Comisión.
Deberán de exponer los motivos de su solicitud, y la Presidencia lo pondrá a consideración de los integrantes de la Mesa Directiva.