Noticias

Aprueban diputados Minuta de Decreto que reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

02 de febrero de 2017. Dentro del Segundo Periodo Extraordinario de Sesiones, los diputados locales aprobaron por unanimidad de votos, la Minuta Proyecto de Decreto enviada por el Senado de la República, por la que se reforman diversas disposiciones de la Constitución Política de México, en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias, mejora regulatoria, justicia cívica e itinerante y registros civiles.
El documento enviado por la cámara de senadores, señala que con la reforma planteada se busca una impartición de justicia más accesible y eficiente en México, para lo cual dentro de los artículos transitorios precisa que una vez que entre en vigor el Decreto, en un plazo no mayor a 180 días naturales, el Congreso de la Unión habrá de expedir las leyes generales de Mejora Regulatoria, de Justicia Cívica e Itinerante y de Registro Civil.
En lo que respecta a la Ley General en Materia de Registros Civiles, deberá prever, al menos: la obligación de trabajar con formatos accesibles de inscripción; la estandarización de actas a nivel nacional; medidas de seguridad física y electrónica; la posibilidad de realizar trámites con firmas digitales; de realizar consultas y emisiones vía remota; el diseño de mecanismos alternos para la atención de comunidades indígenas y grupos en situación de especial vulnerabilidad y marginación; mecanismos homologados de captura de datos; simplificación de procedimientos de corrección, rectificación y aclaración de actas.
Los documentos expedidos con antelación a la entrada en vigor de la ley a que se refiere el segundo transitorio del presente Decreto, continuarán siendo válidos conforme a las disposiciones vigentes al momento de su expedición. Asimismo, los procedimientos iniciados y las resoluciones emitidas con fundamento en dichas disposiciones deberán concluirse y ejecutarse, respectivamente, conforme a las mismas.
Así mismo, que la legislación federal y local en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias continuará vigente hasta en tanto entre en vigor la nueva legislación, por lo que los procedimientos iniciados y las sentencias emitidas con fundamento en las mismas, deberán concluirse y ejecutarse, conforme a lo previsto.
En lo referente a los mecanismos alternativos de solución de controversias de la federación y de las entidades federativas deberá ajustarse a lo previsto en la ley general que emita el Congreso de la Unión.
La ley general en materia de mejora regulatoria deberá considerar al menos lo siguiente:
a) Un catálogo nacional de regulaciones, trámites y servicios federales, locales y municipales con el objetivo de generar seguridad jurídica a los particulares.
b) Establecer la obligación para las autoridades de facilitar los trámites y la obtención de servicios mediante el uso de las tecnologías de la información, de conformidad con su disponibilidad presupuestaria.
c) La inscripción en el catálogo será obligatoria para todas las autoridades en los términos en que la misma disponga.
A su vez se señala que la ley general en materia de justicia cívica e itinerante habrá de considerar, al menos lo siguiente:
a) Los principios a los que deberán sujetarse las autoridades para que la justicia itinerante sea accesible y disponible a los ciudadanos;
b) Las bases para la organización y funcionamiento de la justicia cívica en las entidades federativas, y
c) Los mecanismos de acceso a la justicia cívica e itinerante y la obligación de las autoridades de cumplir con los principios previstos por la ley.
Las legislaturas de las entidades federativas proveerán de los recursos necesarios para cumplir con lo dispuesto.
Por último, es importante señalar que el proyecto de la Minuta, fue presentado al Pleno legislativo del Congreso de Chihuahua, por parte de la Presidenta de la Comisión Segunda de Gobernación y Puntos Constitucionales, Crystal Tovar Aragón.