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Instan al Congreso de la Unión, crear la revocación de mandato en la Constitución Política de México

30 de mayo de 2017. El Congreso del Estado envió un proyecto de dictamen de Decreto al Congreso de la Unión, el cual contiene la propuesta para reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que la figura de revocación de mandato se lleve a cabo dentro del marco jurídico nacional.
Lo anterior fue presentado por el diputado Miguel Vallejo, en representación de la Comisión Segunda de Gobernación y Puntos Constitucionales, ante el Pleno Legislativo, quien dentro de su exposición señaló la importancia de esta reforma, dado a que se otorgará un instrumento a los representados, para que de manera legal se haga valer el retirar del cargo al Presidente de México, diputados federales, senadores, así como gobernadores de las entidades federativas, diputados locales e integrantes del Ayuntamiento.
La revocación de mandato es el medio de control constitucional de participación ciudadana, para destituir a los representantes de elección popular, cuando lo soliciten los ciudadanos y hayan transcurrido tres terceras partes del tiempo de su gestión y se hará mediante una consulta ciudadana de la siguiente manera:
1.- Serán sujetos de la figura de revocación de mandato a través de una consulta ciudadana el Presidente de la República, los Diputados Federales, Senadores, Gobernadores de entidades federativas, Diputados Locales, e integrantes de Ayuntamientos.
2.- El Instituto Nacional Electoral será el organismo encargado de recibir solicitudes de la revocación de mandato para verificar el cumplimiento de los requisitos que se establecen en esta Constitución y en las leyes en la materia. Adicionalmente, tendrá a su cargo la organización y desarrollo de las consultas así como el cómputo para declarar el resultado de esta.
3.- Inmediatamente después del resultado que se obtenga en base a la consulta se llevara a cabo la decisión popular.
Los servidores públicos que ocupen los cargos de Presidente de la República, de Diputados Federales, Senadores, Gobernadores de entidades federativas, Diputados Locales, Integrantes de los Ayuntamientos y los integrantes de las alcaldías podrán ser removidos de sus puestos mediante revocación de mandato en los términos de esta Constitución y leyes aplicables, independientemente de las responsabilidades en las que hayan podido incurrir durante el periodo de su encargo.
Es así que se solicita la reforma Constitucional a los artículos 40; 73, fracción XXIX-Q y la adición al artículo 35, una fracción IX; al artículo 108, un párrafo sexto.
Para culminar con su participación, Vallejo Lozano, señaló que con esta herramienta, los mandatarios públicos mencionados, habrán de dar cumplimento a sus propuestas de campa y a sus plataformas políticas signadas para el logro del voto ciudadano.