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Presenta Crystal Tovar iniciativa de reforma al Código Administrativo del Estado a fin de aumentar las semanas de incapacidad por maternidad

08 de agosto de 2017. H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.
P R E S E N T E.-

CIUDADANA CRYSTAL TOVAR ARAGÓN, en mi carácter de Diputada de la Sexagésima Quinta Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua y Representante Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 68 de la Constitución Política del Estado y 167, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, someto a consideración de la Diputación Permanente la siguiente Iniciativa con carácter de DECRETO, con la finalidad de reformar el artículo 92 del Código Administrativo del Estado, en relación con la licencia de maternidad, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La protección a las mujeres embarazadas, es algo que en la mayoría de los países existe, es decir se garantiza la seguridad de la mujer y la de su bebe, proporcionando un período de descanso anterior y otro posterior al parto, con la finalidad de que la madre pueda estar al cuidado del recién nacido.

En México, la Ley Federal del Trabajo establece que la Mujer tiene derecho a 12 semanas de incapacidad por maternidad, siendo 6 semanas antes del parto y 6 semanas después del parto con el sueldo íntegro. Durante el periodo de lactancia tiene derecho a dos descansos al día durante su jornada laboral. También tiene derecho a no realizar durante el embarazo tareas que pongan en riesgo su salud o la del bebé.

Así mismo la Ley en comento, contempla la posibilidad de acomodar las 12 semanas en 4 antes del parto y 8 después del parto, siempre que la mujer embarazada este en las condiciones óptimas para realizar este tipo de cambios; se prevé la licencia de maternidad en caso de adopción entre otros temas.

En ese mismo sentido en el Estado de Chihuahua el Código Administrativo en su artículo 92, prevé que: “las mujeres disfrutarán de un mes de descanso antes de la fecha que aproximadamente se fije para el parto, y de otros dos después del mismo.”, atendiendo a lo anterior consideramos que es necesario en primer término cambiar la redacción del artículo para homologarla a la Ley Federal del Trabajo, en la cual se expresa en semanas la duración de la licencia.

Continuando con el orden de ideas, tenemos que en el evento de la Firma de la Declaratoria Chihuahua por las mujeres, en el marco de la celebración del día de las madres en el Estado, este año, el Gobernador Constitucional, Javier Corral Jurado, anuncio que giraría instrucciones al Secretario de Hacienda, para que la licencia de maternidad pasara de 12 a 14 semanas. Dicho anuncio fue replicado en diversos medios informativos locales, tales como:

Es por ello que en un acto de trabajo coordinado con el Ejecutivo del Estado, propongo ante este cuerpo colegiado, la reforma al Código Administrativo, donde se contemplará el aumento en las semanas de incapacidad por maternidad.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración del Pleno de este Honorable Congreso del Estado, el presente proyecto con carácter de:

DECRETO

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma el artículo 92 del Código Administrativo del Estado, para quedar redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 92. Las mujeres disfrutarán de un descanso de siete semanas anteriores y siete semanas posteriores al parto. A solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico de la institución de seguridad social que le corresponda, se podrá transferir hasta cuatro de las siete semanas de descanso previas al parto para después del mismo.







TRANSITORIO.

PRIMERO: El Presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para que elabore la Minuta de Decreto en los términos en que deba publicarse.

D A D O en el recinto oficial del Poder Legislativo, a los ocho días del mes de agosto de dos mil diecisiete.
ATENTAMENTE


DIP. CRYSTAL TOVAR ARAGÓN