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Crea Congreso la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Chihuahua

16 de agosto de 2017. - Consta de 178 artículos y 10 títulos, cada uno con sus respectivos capítulos

En la Sesión Extraordinaria del Poder Legislativo realizada este día, fue creada por unanimidad de votos la Ley de Protección de Datos Personales del Estado, con lo que se da cumplimiento a lo señalado en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
La diputada Blanca Gámez Gutiérrez, dio lectura al Decreto por el cual se crea este ordenamiento para proteger los datos personales y la información de cada persona, dado a que estos deben estar escudados por quienes los obtienen, resguardan y llevan a cabo un tratamiento.
Al dar lectura al documento, señaló que en la actualidad la sociedad está inmersa en la información y conocimiento, por lo cual se requiere especial atención este tema.
Con la creación de este instrumento se puntualizan deberes y obligaciones que el responsable del tratamiento adquiere al recabar o resguardar los datos personales o realizar su transferencia y, lo que es más, para que el o la titular tenga la posibilidad de acceder, rectificar, cancelar u oponerse a dicho tratamiento.
Así mismo, señaló que con la entrada en vigor de este ordenamiento estatal, se abroga la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Chihuahua, publicada en el Periódico Oficial del Estado, el 26 de junio del 2013.
Dentro de los artículos transitorios, se especifica que los procedimientos iniciados durante la vigencia de la Ley abrogada, se sustanciarán hasta su conclusión, conforme al ordenamiento señalado.
Además, el Poder Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos harán las previsiones necesarias en sus respectivos Presupuestos de Egresos, para el cumplimiento de las obligaciones y ejercicio de los derechos previstos.
El Organismo Garante, en el ejercicio de sus atribuciones, realizará las acciones necesarias para capacitar a los responsables, sobre las disposiciones contenidas en la presente Ley, a efecto de establecer los procedimientos y llevar a cabo todas aquellas actividades tendientes a dar cabal cumplimiento a la misma. Además, deberá emitir los lineamientos referidos en la Ley, y publicarlos en el Periódico Oficial del Estado, a más tardar el 27 de enero de 2018.