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La diputada Liliana Ibarra solicitó se inspeccione a empresas que expendan o manipulen gas LP

21 de noviembre de 2017. HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA


La suscrita, Liliana Araceli Ibarra Rivera, diputada de la Sexagésima Quinta Legislatura del Estado, perteneciente al grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, en uso de las facultades que me confiere el numeral 68 fracción I de la Constitución Política del Estado, así como los diversos numerales 169, 170, 171, 174 fracción I, 175 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, acudo ante esta Honorable Representación Popular, a fin de presentar INICIATIVA CON CARÁCTER DE PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE RESOLUCIÓN, con el fin de EXHORTAR respetuosamente a las siguientes autoridades:

Licenciado PEDRO JOAQUÍN COLDWELL, Secretario de Energía del Gobierno del la República.

Licenciado JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario del Trabajo y Previsión Social

Licenciado CARLOS YADIR RAMOS ORDUÑO, Encargado de Despacho por Ministerio de Ley de la Delegación Federal del Trabajo en el Estado.

Licenciado JORGE GERARDO GONZÁLEZ ÁLVAREZ, Encargado de la Coordinación de Protección Civil de Gobierno del Estado.

Lo anterior para que -por su conducto y en el ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias procedan en forma inmediata a ordenar que sean inspeccionadas todas las empresas que en el Estado de Chihuahua vendan, transporten, almacenen y distribuyan Gas Licuado de Petróleo; debiendo dictar las medidas de seguridad necesarias, la verificación de las mismas, dando el seguimiento puntual a dichos procedimientos, incluyendo el cierre o la clausura de aquellos establecimientos que no cumplan con las leyes en la materia, y en general marco jurídico relativo al manejo de combustibles.
Así también, a efecto de que realicen acciones preventivas y de auxilio, destinadas a proteger y salvaguardar a la población, su vida, su integridad física, sus bienes, el medio ambiente, la seguridad de la población, y procedan en forma inmediata a promover una campaña que contenga de manera expresa las recomendaciones y medidas preventivas de protección civil para uso y manejo del gas L.p. a la Población en general; puntos importantes a revisar y verificar en la instalaciones de nuestra casa o negocio, e incluir estas actividades de rutina en un Plan Familiar de Protección Civil, para evitar que ocurran siniestros y accidentes fatales.

Exhortación que solicito se lleve a cabo al tenor de la siguiente:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con la entrada de la temporada invernal a nuestro Estado, se hacen más comunes los accidentes y siniestros por el uso de aparatos y sobre todo cilindros de gas y tanques estacionarios, los cuales de acuerdo con su aplicación bien sea para uso doméstico, comercial o industrial, requieren funcionar y estar en optimas condiciones, y las autoridades en el ramo están obligadas a vigilar las empresas dedicadas a vender, transportar, almacenar y distribuir gas licuado de petróleo, mantener sus obras, vehículos, equipos y accesorios en perfectas condiciones.

Lo mismo debe ocurrir en cuanto a su instalación, operación, mantenimiento y condiciones de seguridad, atendiendo y dando cumplimiento al marco normativo en la materia, lo cual en el Estado de Chihuahua está lejos de ser una realidad, pues en el último año han ocurrido varios eventos que implican explosiones de tanques o cilindros de gas e incendios en empresas gaseras, hechos ocurridos por diversas causas, dentro de las que destacan el mal estado en que se encuentran los cilindros de gas, la falta de capacitación a los empleados de las empresas expendedoras con respecto al proceso de sustitución de tanques, la ausencia de medidas de seguridad y la falta de información y conocimiento de la población respecto a la revisión y detección de deficiencias en sus instalaciones, esto genera cuantiosos daños a su patrimonio, integridad física y más importante, a sus vidas.

Los peligros pueden aumentar como resultado de equipo defectuoso o el control inapropiado que las empresas realizan sobre el manejo de este combustible, por lo que el programa de Inspecciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social Federal, debe contemplar un protocolo especial de vigilancia para estos establecimientos, así como privilegiar las visitas a centros de distribución de combustibles que nunca han sido supervisadas, las que tienen antecedentes de siniestros y subrayar siempre la prevención antes que la sanción, recordemos que hace un año precisamente en el mes de noviembre del año 2016, realice esta misma petición a las mismas autoridades, con la finalidad de que se cumpliera con la normatividad en la materia y fueran realizados los procesos de inspección, tratando de que las empresas cumplan con toda medida de seguridad impuesta por la ley, pero sobre todo, exigiendo los resultados que necesitamos para nuestra población en materia de seguridad y salvaguarda de su integridad.

Al respecto me permito compartirles algunos siniestros ocurridos en nuestro Estado en los últimos meses:
Con fecha ocho de diciembre del año 2016, en esta Ciudad y en el mismo, día fueron atendidos seis eventos relacionados con fugas de gas, siendo la constante, el deterioro de los tanques y el uso de calefactores españoles, una de ellas generó una explosión, y otro tanque estaba poroso de la parte de abajo por lo que se desfogó, otro más perforado de la base, uno más donde el cilindro estaba sobrecargado.

Con fecha 22 de Diciembre del año 2016, en la Calle Che Guevara de la Colonia Tierra y Libertad esta Ciudad, ocurrió la explosión de un tanque de Gas Lp, dejando un saldo de una mujer lesionada, el tanque se cayó, e hizo explosión.

Con fecha 13 de Enero del año 2017, en la Calle Armada de México y Medico Militar de la Colonia 12 de Julio de Ciudad Juárez, frente al Cuartel de Eje Vial Juan Gabriel y Barranco Azul, por una fuga de gas y acumulación, se genero una explosión que tuvo como consecuencias lesiones graves en tres personas.

Con fecha 30 de Mayo del 2017, en esta Ciudad en las Calles Morelos y Díaz Ordaz de la Colonia Centro, dos empleados de una compañía gasera se encontraban maniobrando en el tanque estacionario, se acumulo gas, se desprendió una manguera, generando una explosión que alcanzo a los dos trabajadores que resultaron gravemente lesionados.

El día 06 de Junio del año 2017, se genero una explosión de un tanque de gas, en la Colonia Revolución de esta Ciudad, en la Calle Daniela Ortiz, por un flamazo de un cilindro el cual genera además un incendio.

Con fecha 07 de septiembre del año 2017, en la Colonia Juárez de la Ciudad de Hidalgo del Parral, con la explosión de un tanque de gas, se generaron daños totales a la vivienda, afortunadamente no había persona alguna en el domicilio.

Con fecha 14 de Noviembre del 2017, aproximadamente cuarenta familias de la colonia Tierra y Libertad en esta Ciudad, fueron desalojados de sus viviendas y llevados a albergues, por el riesgo de que se registrará una explosión a causa de un incendio en la gasera Servigas, al norte de la ciudad, elementos de la Policía Municipal arribaron al lugar para implementar un operativo y avisar casa por casa sobre el riesgo de un incidente mayor, a fin de lograr el desalojo de los ciudadanos para no ponerlos en riesgo.

Pero además de coadyuvar en buscar a los culpables de estos hechos, bien sean personas físicas o morales, debe generarse en esta Alta Asamblea la oportunidad también de ayudar a prevenir este tipo de sucesos tan lamentables, y obligar a las autoridades a cumplir con la normatividad preestablecida en la materia, ya que aun cuando sé que las ventas de primera mano, el transporte, el almacenamiento y la distribución de gas licuado de petróleo, son actividades de exclusiva jurisdicción federal de conformidad con el Artículo 9o. de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el ramo del petróleo, y que únicamente el gobierno federal dictará las disposiciones técnicas, de seguridad y de regulación que las rijan, la inspección a las empresas y el seguimiento al cumplimiento de la ley de la materia, reglamentos y normas oficiales mexicanas, considero que las autoridades locales en materia de protección civil dentro del Programa de Protección para el Estado de Chihuahua, a través de la Coordinación Estatal debe realizar las acciones necesarias para que los habitantes de la entidad podamos participar de manera coordinada para evitar cualquier riesgo, siniestro o desastre.
Debemos participar de manera directa e inmediata con la población, para alertar y desde luego trabajar conjuntamente con las autoridades en este rubro, buscando difundir las medidas preventivas para el manejo de un producto evidentemente peligroso.

Por su parte, el artículo Sexto de la Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua establece que las políticas públicas en esta materia deberán ceñirse al Plan Estatal de Desarrollo, identificando para ello y entre otras las siguientes prioridades:

I.- La identificación y análisis de riesgos como sustento para la implementación de medidas de prevención y mitigación.

II.- Promoción de una cultura de responsabilidad social dirigida a la protección civil, con énfasis en la prevención y autoprotección respecto de los riesgos y peligros que representan los agentes perturbadores y su vulnerabilidad.
III. Obligación del Estado para reducir los riesgos sobre los agentes afectables y llevar a cabo las acciones necesarias para la identificación y el reconocimiento de la vulnerabilidad de las zonas bajo su jurisdicción.

Dentro del Programa de Protección Civil para el Estado de Chihuahua, a través de la Coordinación Estatal de Protección Civil realizará las acciones necesarias para que los habitantes de la entidad podamos participar en las acciones coordinadas para evitar cualquier riesgo, siniestro o desastre.

Por determinación del legal La Coordinación de Protección Civil, promoverá las acciones necesarias con todas las dependencias y entidades de los tres órdenes de Gobierno que realicen actividades que se relacionen con la protección civil, principalmente con los municipios, por ser la primera instancia de respuesta en la materia, a través de dicha coordinación, mantendrá comunicación constante con los mismos e informará inmediatamente sobre cualquier incidente grave o sobre la detección de riesgos que pudieran afectar a la población.

Las actividades y programas de Protección Civil son de carácter obligatorio para autoridades, organismos, dependencias e instituciones del sector público y privado, y en general para todos los habitantes.

Todo esto, crea la necesidad de Exhortar también al Encargado de la Coordinación de Protección Civil de Gobierno del Estado, para que dentro de sus posibilidades y presupuesto lleve a cabo una campaña de información masiva y acciones específicas a través del Sistema Estatal de Protección Civil -que contenga de manera expresa las recomendaciones y medidas preventivas para uso y manejo del gas L.P. a la Población en general-. Que también puntualice revisar y verificar las instalaciones de Gas de nuestra casa o negocio, e incluir estas actividades de rutina en su Plan Familiar de Protección Civil, ya que con la llegada del invierno y por consecuencia del frío, es más frecuente la manipulación de los tanques de gas por ser utilizados para calentones, por lo que la actividad se multiplica y con ello los riesgos a la población, es por lo anterior que inminente resulta llevarles vía cualquier medio de comunicación masiva, la información necesaria y suficiente para alertarlos respecto al manejo e instalación de cilindros de gas, e informales a los usuarios de este servicio las recomendaciones que salvaguarden su vida y salud.

Por todo lo expuesto y fundado a este Honorable Cuerpo Colegiado, someto a su consideración la presente INICIATIVA CON CARÁCTER DE ACUERDO DE URGENTE RESOLUCIÓN el siguiente punto de:

ACUERDO:

PRIMERO: La Sexagésima Quinta Legislatura del Estado, Exhorta respetuosamente a las siguientes autoridades:

Licenciado PEDRO JOAQUÍN COLDWELL, Secretario de Energía del Gobierno del la República.

Licenciado JESÚS ALFONSO NAVARRETE PRIDA, Secretario del Trabajo y Previsión Social

Licenciado CARLOS YADIR RAMOS ORDUÑO, Encargado de Despacho por Ministerio de Ley de la Delegación Federal del Trabajo en el Estado.

Licenciado JORGE GERARDO GONZÁLEZ ÁLVAREZ, Encargado de la Coordinación de Protección Civil de Gobierno del Estado.

Lo anterior para que -por su conducto y en el ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias procedan en forma inmediata a ordenar que sean inspeccionadas todas las empresas que en el Estado de Chihuahua vendan, transporten, almacenen y distribuyan Gas Licuado de Petróleo; debiendo dictar las medidas de seguridad necesarias, la verificación de las mismas, y dando el seguimiento puntual a dichos procedimientos, incluyendo el cierre o la clausura de aquellas que no cumplan con las leyes en la materia, con el Reglamento General para la Inspección y Aplicación de Sanciones por Violaciones a la Legislación Laboral y las normas oficiales mexicanas emitidas para su debido cumplimiento, marco jurídico relativo al manejo de combustibles.

Así también, a efecto de que realicen acciones preventivas y de auxilio, destinadas a proteger y salvaguardar a la población, su vida, su integridad física, sus bienes, el medio ambiente, la seguridad de la población, y procedan en forma inmediata a promover una campaña que contenga de manera expresa las recomendaciones y medidas preventivas de protección civil para uso y manejo del gas L.p. a la Población en general; puntos importantes a revisar y verificar en la instalaciones de nuestra casa o negocio, e incluir estas actividades de rutina en un Plan Familiar de Protección Civil, para evitar que ocurran siniestros y accidentes fatales.



Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría, a fin de que se remita copia del acuerdo a las autoridades competentes, para los efectos a que haya lugar.


Dado en el Salón de Plenos del Honorable Congreso del Estado, a los veintiun días del mes Noviembre del año dos mil diecisiete.





C. LILIANA ARACELI IBARRA RIVERA
DIPUTADA