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La diputada Crystal Tovar exhortó al Poder Ejecutivo del Estado para que se desarrollen políticas públicas a fin de garantizar atención en todos los horarios laborales de centros de atención infantil para las madres y padres trabajadores

06 de febrero de 2018. H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.
P R E S E N T E.-

C. CRYSTAL TOVAR ARAGÓN, en mi carácter de Diputada de la Sexagésima Quinta Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua y Representante Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en los artículos 68 de la Constitución Política del Estado y 167, fracción I y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, someto a consideración del Pleno las siguientes Iniciativas con carácter de DECRETO ANTE EL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIDÓN, con de DECRETO y de ACUERDO, con la finalidad de generar una política pública integral a favor de garantizar espacios de cuidado infantil para los hijos e hijas de trabajadores y trabajadoras, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Uno de los grandes retos que tienen el garantizar los derechos sociales de la población, es el generar acuerdos para lograr, en la limitación de recursos que se disponen, volver accesibles los derechos.

Una queja recurrente entre las trabajadoras es que la política de asistencia y seguridad social para niñas y niños no van de la mano con las exigencias del mercado laboral que determina los horarios en el esquema que no se adaptan a los determinados por las guarderías y casas de cuidado infantil.

Está desarticulación con lleva a que se genere una problemática social en la que se deja a las niñas y niños en situación de riesgo, y en algunos casos de abandono, en situación de calle.

Si consideramos que uno de los objetivos de esta nueva administración es la de lograr empleos y salarios más justos, estos deben lograrse desde una visión integral.

Si bien tenemos noticias que la Secretaría de Desarrollo Social ha iniciado una campaña ambiciosa en conjunto con organizaciones sociales como casas de cuidado diario; creemos que es importante que dicha alianza conjunte a su vez a las instituciones de seguridad social, a la Secretaría de Innovación y Desarrollo Económico, así como al Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.

Aunado a lo anterior, el Gobernador del Estado, desde su campaña como en su toma de posesión, ha mencionado reiteradas veces la importancia de dignificar los salarios y el trato digno, tanto a trabajadores de la iniciativa privada, como al servicio del Estado. Y recuerdo aquí en palabras textuales el deseo del Gobernador:

“…Para los empresarios, para los generadores de empleos… el cuidado y el desarrollo de los más desventajados, es el mejor servicio que un gobierno pueda prestar a la inversión privada. La equidad social pronto se convierte en paz social, y sólo en un clima de paz, es donde sus empresas pueden prosperar con más creces. Por eso los convoco a un gran acuerdo para incrementar el salario de los trabajadores…”

Igualmente, durante su campaña se comprometió a habilitar espacios para el resguardo de hijos de padres que se dedican a trabajar en maquiladoras.

En aquel momento la Alianza Ciudadana por Chihuahua, comentó que en Ciudad Juárez hay 150 mil niños en edad de guardería, pero solamente se cuenta con 14 mil lugares disponiblesdejandoel cuidado y la crianza de los más pequeños a cargo de niños apenas unos años mayores que ellos.

En este sentido, y dado que las promesas de gobierno son una obligación de todas y todos, es que presento la presente iniciativa a fin de apuntalar dichas promesas e ir estableciendo el acuerdo para generar un pacto conjunto a favor de las y los trabajadores.

Es por ello que, esta iniciativa se divide en tres partes:

Una de Decreto ante el Honorable Congreso de la Unión, con el objetivo de llevar la voz de las chihuahuenses a fin de establecer en la Ley del Seguro Social, ordenamiento regulador de las prestaciones de guarderías, la obligación de que el servicio se preste sin discriminación alguna de jornada laboral. Hasta el momento tanto trabajadoras y trabajadores mixtos y nocturnos no gozan de derecho alguno.

Por otro lado, se establece crear el derecho de los trabajadores al servicio del estado a la prestación de guarderías en el Código Administrativo del Estado. No es un secreto que empleados y empleadas de la burocracia local son los que menos tienen derechos y prestaciones labores, creando un gran abismo entre trabajadores de confianza de los tres poderes y trabajadores de base, eventuales y sindicalizados.

Finalmente se establece un Acuerdo para exhortar, en tanto que no se apruebe el Decreto ante el H. Congreso de la Unión, a la Secretarias de Desarrollo Social y de Innovación y Desarrollo Económico, así como a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, generen las políticas públicas y acuerdos, a fin de garantizar la atención en todos los horarios laborales de centros de atención infantil para las madres y padres trabajadores, en conjunto con las instituciones de seguridad social, empresas y organizaciones de la sociedad civil.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración del Pleno de este Honorable Congreso del Estado, el presente proyecto con carácter de:

DECRETO ANTE EL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN

ARTÍCULO ÚNICO.-Se reforman los artículos 201, 205 y 206 de la Ley del Seguro Social, para quedar redactados de la siguiente forma:

Artículo 201.…



El servicio de guardería se proporcionará en cualquiera de las jornadas laborales establecidas en la Ley Federal del Trabajo.


Artículo 205.…

El servicio de guarderías se proporcionará se proporcionará en cualquiera de las jornadas laborales establecidas en la Ley Federal del Trabajo.

DECRETO

ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona una fracción X al artículo 105 del Código Administrativo del Estado de Chihuahua, para quedar redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 105. Son obligaciones del Estado:

X. Proporcionar los servicios de guardería a las personas trabajadoras al servicio del Estado, en cualquiera de las jornadas laborales establecidas en la presente Ley. En cualquier caso, el estado podrá descentralizar estos servicios a organizaciones públicas, sociales o privadas en la materia.

ACUERDO

PRIMERO. La Sexagésima Quinta Legislatura exhorta respetuosamente al Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, para que a través de las Secretarias de Desarrollo Social y de Innovación y Desarrollo Económico, así como a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, generen las políticas públicas y acuerdos, a fin de garantizar la atención en todos los horarios laborales de centros de atención infantil para las madres y padres trabajadores, en conjunto con las instituciones de seguridad social, empresas y organizaciones de la sociedad civil.

SEGUNDO. Envíese copia del Acuerdo y de la iniciativa que le dio origen, a las autoridades mencionadas en el presente acuerdo.

D A D O en el recinto oficial del Poder Legislativo, a los seis días del mes de febrero del año dos mil dieciocho.

ATENTAMENTE,

DIP. CRYSTAL TOVAR ARAGÓN