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Reforma Poder Legislativo el Código Penal del Estado en lo referente a amenazas e inducción a autolesionarse

13 de febrero de 2018.

El Congreso del Estado reformó y adicionó varias disposiciones del Código Penal, a fin de imponer prisión de seis meses a tres años a quien induzca o ayude a otra persona para que se produzca autolesiones.
Dentro de la lectura del Decreto por el que se reformó el ordenamiento en mención, la diputada Laura Marín, presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso de Chihuahua, informó que fue cambiada la denominación del Capítulo IV, para quedar de la siguiente manera: “Ayuda o Inducción Al Suicidio o a Lesionarse”. Además indicó que se impondrá pena de 6 meses a 3 años de prisión a quien induzca o ayude a otra persona para que se produzca autolesiones.
Además enfatizó que en caso de que las amenazas sean dirigidas a personas menores de dieciocho años o a personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho, las penas se incrementarán en dos terceras partes.
Con las reformas realizadas, se incluye en el tipo penal, la inducción a autolesionarse, dado a que resulta conveniente que dentro del Código Penal en el Capítulo antes señalado, se regule lo relativo a la ayuda o incitación al suicidio.
Cabe mencionar que dentro del ordenamiento reformado, se contempla también el delito de Hostigamiento Sexual, el que ya incluye las conductas de acoso sexual cibernético sin importar el medio que se haya empleado para realizar la conducta típica antijurídica, pues basta con que se dé el asedio a una persona ya sea utilizando cualquier tecnología de la información o comunicación o de manera personal, para que se configure la realización de la conducta sancionada como delito.