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Convoca diputada Laura Marín a concesionarios para próxima reunión en el Congreso del Estado

07 de agosto de 2018. La diputada Laura Marín, presidenta de la Comisión Especial de Movilidad Urbana, ofreció una rueda de prensa en el Mezanine de la torre legislativa, para hablar del anteproyecto de la reforma integral a la Ley de Transporte y sus Vías de Comunicación, y así disipar dudas de los transportistas sobre algunos artículos que la conforman.

Así mismo, comentó que este 8 de agosto, en punto de las 12:30 horas, en las instalaciones del Congreso, se llevará a cabo una reunión con los concesionarios y transportistas, a la espera de que existan condiciones para poder trabajar en conjunto en esta ley.

La congresista, mencionó que es importante que los agremiados conozcan detalladamente la ley, para así poder llegar a acuerdos y lograr que el Estado de Chihuahua, cuente con un servicio de transporte digno para los usuarios.

La diputada Marín, informó que en la página oficial del Congreso del Estado, hay un banner, en el cual al dar un click, se descarga automáticamente el anteproyecto.

“Solicité para que en la página principal del Congreso del Estado de Chihuahua, se coloque un banner, donde se pueda descargar esta reforma de una manera muy sencilla, para que todas las personas puedan tener acceso a este proyecto. Además vamos a demostrar que no estamos beneficiando a un grupo en específico, estamos brindando herramientas a los concesionarios para que puedan acceder a créditos y puedan obtener unidades para brindar el servicio”, dijo la legisladora.

Las inquietudes manifestadas por parte de los transportistas sobre el articulado de esta reforma son: la antigüedad de las unidades, la duración de las concesiones, la competencia desleal y la herencia de concesiones.

Por lo que la diputada Marín, enfatizó en que estos temas vienen explícitos, y detalló que el artículo 86, se habla sobre las concesiones y permisos, que serán transmisibles por sucesión, conforme al siguiente orden preferente:

I. Cónyuge, supérstite, o unión por concubinato.

II. Descendientes.

III. Ascendientes.

Dijo que el beneficiario deberá presentar su solicitud dentro de los noventa días naturales siguientes al fallecimiento del concesionario o permisionario, y cumplir con los requisitos exigidos para el otorgamiento de la concesión o permiso de que se trate.

Comentó que el artículo dice que en el caso de la existencia de dos o más beneficiarios, deberá presentarse la resolución del juicio sucesorio correspondiente ante autoridades competentes.

Sobre la antigüedad de las unidades, Laura Marín informó que el artículo 24, habla sobre el tema y detalla que las unidades que se utilicen para el servicio de transporte de pasajeros, serán de modelo no anterior a diez años, a quince años para las rutas troncales, y los automóviles de alquiler a siete. Debiendo ser de fabricación nacional o internados legalmente al país.

También dijo que en el artículo 83, se señala que las concesiones y permisos se otorgarán hasta por el término de diez años; sin embargo, la Dirección certificará cada dos años, por sí o a través de particulares con la debida acreditación ante la Secretaría, mediante una revisión física y mecánica de la unidad, así como el desempeño de sus actividades.

Y al respecto de las concesiones, la diputada mencionó que en el artículo 78, se dice que ninguna concesión se otorgará si con ello se genera una competencia desleal u otros fenómenos ilícitos de acaparamiento del mercado.