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El diputado Hever Quezada solicitó reformar la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

21 de agosto de 2018. H. CONGRESO DEL ESTADO.
PRESENTE.-
Los Suscritos, Hever Quezada Flores y Alejandro Gloria González, Diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I del artículo 68 de la Constitución Política del Estado; el artículo 167 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como los artículos 13 fracción IV y 77 del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo, nos permitimos someter a la consideración de esta Soberanía, la presente iniciativa con carácter de DECRETO con el fin de prohibir la disposición de popotes elaborados a partir de materiales no reutilizables o biodegradables:
Lo anterior con base en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
De acuerdo con la revista Science, cada año son vertidos en los mares del planeta 8 millones de toneladas de residuos plásticos en el mar, lo que equivale a 250 kilos por segundo, causa directa de que se encuentren alrededor de 18 mil fragmentos de plástico por kilómetro cuadrado en dichos cuerpos de agua, matando alrededor de un millón de aves y 600 especies marinas al año.
Por otra parte, poniendo en perspectiva el grave problema que representan los desechos plásticos, de acuerdo con el Foro Económico Mundial, de continuar esta tendencia, para el año 2050 habrá en los mares más plástico que peces.
Bien podría pensarse que este problema repercute en el medio ambiente, pero si consideramos que cada año se capturan en México cerca de 90 toneladas de especies marinas para el consumo humano, podemos entonces afirmar que el problema se vuelve contra nosotros mismos siendo entonces un problema de salud.
Encontramos que tanto a nivel nacional como internacional, la iniciativa privada a través de compañías como la que elabora las bebidas Boing, Starbucks, y la cadena hotelera Hyatt se han sumado a este movimiento en contra de los plásticos de un solo uso, como parte de una campaña de compromiso medioambiental que busca cambiar los hábitos de consumo generando conciencia en los consumidores.
Por su parte, a nivel nacional la SEMARNAT ha emprendido para disminuir el uso de popotes la campaña “Sin Popote Está Bien” esfuerzo que reconocemos ha sido el precursor de varias iniciativas que se han presentado en varios estados de la república.
En nuestro país, se desechan 24 mil toneladas de popotes al año, y de dicha cantidad, 95% no son reciclables; en este sentido, considerando su vida útil de aproximadamente 20 minutos en perspectiva con el impacto negativo que tienen en nuestro ambiente e incluso en la salud, encontramos que el beneficio que tienen representa un alto costo en cuanto a las repercusiones, por lo que este grave problema debe ser afrontado por medio de compromisos a través de la legislación.
Tenemos que recalcar que a partir de que, tanto las campañas como las iniciativas que buscan prohibir el uso de popotes hechos de materiales no reciclables han sido dadas a conocer, emprendedores mexicanos e internacionales han desarrollado y dado a conocer diversas alternativas eco amigables para sustituir los popotes, siendo de materiales reutilizables o bien a partir de materiales biodegradables e incluso comestibles, como fibras de frutas por mencionar un ejemplo.
Es por lo anteriormente expuesto que sometemos a consideración del Pleno el presente proyecto con carácter de:
DECRETO.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se agrega una fracción décima al artículo 22 de la Ley Para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos del Estado de Chihuahua para quedar redactado de la siguiente manera:

LEY PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.
TÍTULO TERCERO.
PREVENCIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y DE MANEJO ESPECIAL.
CAPÍTULO I.
DE LA PREVENCIÓN Y GENERACIÓN DE RESIDUOS.
Artículo 22. Los generadores de residuos sólidos urbanos y de manejo especial y quienes brinden servicios que involucren este tipo de residuos están obligados a:
Fracción I a la IX…
Fracción X. Poner a disposición del consumidor final únicamente popotes elaborados a partir de materiales reutilizables, o en su caso, biodegradables; quedando prohibida la disposición de popotes plásticos.

TRANSITORIOS.
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en la Sala de Sesiones de la Diputación Permanente del Poder Legislativo al día 21 de agosto de 2018.
ATENTAMENTE,



DIP. ALEJANDRO GLORIA GONZÁLEZ DIP. HEVER QUEZADA FLORES