Expiden diputados la Ley que Regula la Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado Descargar imagen 10 de octubre de 2019. El Poder Legislativo de Chihuahua expidió la Ley que Regula la Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Estado de Chihuahua, con la cual se garantizará que dichos servicios se brinden en condiciones de igualdad, calidad, calidez, seguridad y protección adecuadas. La presidente de las Comisiones Unidas de Juventud y Niñez, y de Desarrollo Social, diputada Marisela Terrazas, señaló que este nuevo ordenamiento local, es el resultado de un análisis amplio, y se considera una plataforma jurídica para una implementación y funcionamiento óptimo de los Centros de Atención Infantil ubicados en la Entidad. Señaló que esta nueva Ley, está compuesta por 87 artículos, divididos en 15 capítulos; cuyo desarrollo se realizó con la finalidad de garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes, por parte de las autoridades, por los Centros de Atención Infantil y personas que laboren en ellos, así como por las personas prestadoras de servicios en materia de atención, cuidado y desarrollo integral infantil. Continuó al decir que, dentro de la Ley, se establecen los requisitos para la apertura y funcionamiento de los Centros de Atención Infantil, así como la creación de un Consejo Estatal para la Prestación de Servicios de Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil. También se detallan los lineamientos que deberán cumplirse en el diseño, instrumentación, seguimiento y evaluación de la política pública estatal en materia de atención, cuidado y desarrollo integral infantil, y los mecanismos de coordinación y colaboración entre las autoridades competentes, así como con los sectores social y privado. Agregó que con la finalidad de garantizar la protección integral de niñas, niños y adolescentes, el personal que labore en un Centro de Atención Infantil, deberá presentar periódicamente un certificado médico general que contenga exámenes de laboratorio, físicos y psicológicos, mediante el cual se acredite su buen estado de salud. Asimismo, detalló los supuestos en los cuales se podrá revocar de la licencia de funcionamiento y cancelación en el Registro Estatal, entre algunos, el que haya lesiones graves o pérdida de la vida en una niña, niño o adolescente, acreditadas mediante sentencia que haya causado estado y sean atribuibles al Centro por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley y en el caso de que se dé cualquier delito de índole sexual y sea atribuido al personal del Centro mediante sentencia; también en el caso de incumplimiento en la regularización de la situación que dio origen a la imposición de una suspensión temporal, dentro de los plazos establecidos.
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