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Posicionamiento presentado por la diputada Blanca Gámez, respecto a la conmemoración del derecho al voto de las mujeres en México

17 de octubre de 2019. H. CONGRESO DEL ESTADO
PRESENTE.

La suscrita, en mi carácter de Diputada a la Sexagésima Sexta Legislatura del Estado, acudo ante esta Honorable Asamblea a fin de presentar POSICIONAMIENTO, respecto a la CONMEMORACIÓN DEL DERECHO AL VOTO DE LAS MUJERES EN MÉXICO; al tenor de los siguientes:
ANTECEDENTES
La lucha por el reconocimiento de los derechos de las mujeres ha sido larga y tortuosa, hoy día no es posible que las mujeres podamos ejercer plenamente a todos nuestros derechos.
En el siglo V antes de Cristo en Grecia y posteriormente en Roma antigua las mujeres no tuvieron acceso a la ciudadanía, siempre confinadas al ámbito privado, es decir, de lo doméstico.
Aproximadamente desde 1640 existían escritos de mujeres que argumentaban contra la discriminación y demandaban el reconocimiento a la igualdad.
Al construir la vida pública la ciudadanía fue un planteamiento masculino del que una vez más quedamos excluidas las mujeres, ya que la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano no consideró a las mujeres y omitió considerar la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana de Olympe de Gouges (1791).
En esta revolución ciudadana que surgió con la Revolución Francesa se establece la libertad y la autonomía personal, rompe todo nexo de subordinación, con un nuevo orden social basado, aparentemente en la voluntad de todos, y digo aparentemente, ya que para ejercer dicha ciudadanía se necesitaba cubrir ciertos requisitos como ser varón, propietario e incluso ser habitante de la ciudad, quedando así excluidos otros hombres y por supuesto todas las mujeres.
Este año celebramos en Mérida los 102 años del primer congreso feminista, uno de los principales acuerdos fue que se otorgara el voto y con ello, la ciudadanía a las mujeres, hubo una ceremonia de justicia centenaria a una de las figuras más emblemáticas de la lucha por el voto de las mujeres, Elvia Carrillo Puerto.
A fines de 1916, Hermila Galindo, secretaria particular de Venustiano Carranza, envió al constituyente un escrito en el que solicitó los derechos políticos para las mujeres argumentando lo siguiente: “Es de estricta justicia que la mujer tenga el voto en las elecciones de las autoridades, porque si ella tiene obligaciones con el grupo social, razonable es, que no carezca de derechos. Las leyes se aplican por igual a hombres y mujeres: la mujer paga contribuciones, la mujer, especialmente la independiente, ayuda a los gastos de la comunidad, obedece las disposiciones gubernativas y, por si acaso delinque, sufre las mismas penas que el hombre culpado. Así pues, para las obligaciones, la ley la considera igual que al hombre, solamente al tratarse de prerrogativas, la desconoce y no le concede ninguna de las que goza el varón”.
Al redactarse la Constitución de 1917, al discutirse la petición, se decidió -sin mucha discusión- negar a las mujeres los derechos políticos argumentando: “[...] en el estado en que se encuentra nuestra sociedad [...] las mujeres no sienten la necesidad de participar en los asuntos públicos, como lo demuestra la falta de todo movimiento colectivo en este sentido”.
Es hasta 1918 cuando por primera vez se reconoce la ciudadanía política de la mujer, en el sentido de poder ejercer el sufragio, pero la minoridad civil continúa durante muchos años en las legislaciones y no es sino hasta la década de los 70 cuando en la mayor parte de los países se suprimen casi todas las formas de discriminación hacia la mujer en términos de los derechos políticos y civiles .
Yucatán fue el primer estado que reconoció el sufragio femenino, tanto en el ámbito municipal como estatal, durante el gobierno de Felipe Carrillo Puerto (1922-1924). Así, en 1923, hubo tres mujeres electas para diputadas al congreso estatal: Elvia Carrillo Puerto -hermana del gobernador-, Raquel Dzib y Beatriz Peniche de Ponce; además Rosa Torre fue electa para regidora en el ayuntamiento de Mérida. Sin embargo, cuando el gobernador murió asesinado en 1924, las cuatro tuvieron que dejar sus puestos.
El Frente Único Pro Derechos de la Mujer (FUPDM) constituido formalmente en 1935 y que llegó a contar con 50 mil mujeres afiliadas. Hubo mujeres de diferentes profesiones y tendencias: intelectuales, profesionistas -maestras sobre todo-, obreras, mujeres pertenecientes a diversos sindicatos y partidos políticos, veteranas de la Revolución, “feministas de izquierda y de derecha, simples liberales, católicas y del sector femenino del PNR, callistas y cardenistas”.
Las mujeres del Frente se movilizaron: organizaron mítines, manifestaciones, conferencias, llegaron a amenazar con quemar el palacio nacional y también iniciaron una huelga de hambre frente a la casa del presidente Cárdenas. Ante esta presión, en agosto de 1937, él prometió enviar al Congreso una iniciativa de ley para reformar el artículo 34 constitucional.
La iniciativa pretendió que el artículo estableciera:
“Son ciudadanos de la República todos los hombres y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan además los siguientes requisitos:
I. Haber cumplido 18 años siendo casados y 21 si no lo son y
II. Tener un modo honesto de vivir”
La iniciativa se turnó a la Cámara de Diputados y se aprobó de inmediato por unanimidad. En el dictamen que los legisladores enviaron a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales apoyando la medida, afirmaban que en todo régimen democrático los individuos son iguales ante la ley, y dado que se había aceptado que la mujer era igual al hombre tanto mental como moralmente, era por lo tanto necesario reconocer esta igualdad desde el punto de vista social y político, esto es, otorgándoles los derechos de ciudadanía, dicho dictamen fue aprobado también por el senado, pero la publicación en el Diario Oficial de la Federación no prosperó.
Esther Chapa, quien cada año -y durante 22 años- al empezar las sesiones del Congreso enviaba una carta solicitando el derecho al voto para las mujeres.
Para mediados de 1945 el candidato para el próximo periodo presidencial era Miguel Alemán, quien en campaña ofreció otorgárselos en el ámbito municipal ya que él decía que quería construir un México moderno en el que era preciso igualar a los hombres y mujeres ya que el modelo de modernidad así lo exigía.
En este aspecto les pedía, como una especie de garantía para asegurar la reproducción de la familia, que no dejaran de ser en el hogar “… la madre incomparable, la esposa abnegada y hacendosa, la hermana leal y la hija recatada…”.
El 17 de febrero de 1947 se publicó en el Diario Oficial la reforma al artículo 115 de la Constitución y de esta manera Miguel Alemán se presentó con una imagen de modernidad, con una imagen democrática porque con esta medida, se fortalecía el sistema federal y además se les daba un lugar a las mujeres en la vida política del país.
En el primer semestre de 1952 se creó la Alianza de Mujeres de México, quienes entregaron al candidato a la Presidencia de la República Adolfo Ruiz Cortines escrito en el que solicitaban el derecho al voto con quinientas mil firmas.
Para Ruiz Cortines la importancia de las mujeres radicaba en ser madres y esposas abnegadas y morales, para él era invisible la participación de las mujeres en las luchas obreras y campesinas, estaba dispuesto a darles el voto reforzando los valores más tradicionales respecto a ellas porque se trataba de que las mujeres participaran en la vida nacional pero mediante una “política femenina”, encauzada por el partido oficial.
El 1º de diciembre de 1952, al tomar posesión de la presidencia, Adolfo Ruiz Cortines declaró: “… ya promuevo ante Vuestra Soberanía las reformas legales pertinentes para que la mujer disfrute de los mismos derechos políticos que el hombre.”
Y fue hasta el 17 de octubre de 1953 que se publicó en el Periódico Oficial de la Federación la reforma al artículo 34 Constitucional en el que se reconoce a las mujeres la ciudadanía y con ello su derecho a votar y ser votadas para cargos de elección popular.
Las mujeres entraron legalmente a formar parte de la vida pública con una conducta pasiva frente a la política de México. Se les dio el voto en un contexto en donde no había libertades democráticas, con lo cual se liquidó toda posibilidad de un ejercicio democrático dentro del juego político. En un contexto en el que no había voces disidentes que cuestionaran la función de las mujeres como esencialmente familiar y privada, éstas obtuvieron el voto.
Del reconocimiento del derecho al voto a la participación política de las mujeres seguimos teniendo una gran brecha, en nuestro país sólo siete mujeres han sido gobernadoras y fue hasta 2012 que el porcentaje de representación de mujeres en el Poder Legislativo superó el 30%.
La Paridad de género permitió incrementar el número de legisladoras de la Cámara Baja para el período 2015-2018, con una representación del 42.4% de mujeres. Para las elecciones de 2018 la representación de mujeres se incrementó en un 48% en la Cámara de Diputados y 49% en el Senado.
Hace poco más de 20 años, ante el avance democrático en el país en el que no estaba reflejado el ejercicio pleno de los derechos ciudadanos como es la participación política de las mujeres que conforman más del cincuenta por ciento de la población, es que dirigentes partidistas, funcionarias de gobierno, diputadas, profesionistas, derecho humanistas, activistas sociales y catedráticas universitarias constituyeron el Grupo Promotor de los Derechos Políticos de las Ciudadanas (GPDPC).
Desde distintos puntos de vista ideológicos, políticos y sociales, este grupo de mujeres ha impulsado, al interior de sus organizaciones partidistas o civiles, la apertura de espacios de participación que les garantice que, desde el ámbito del ejercicio del poder, se desarrollarán políticas, programas y acciones que respondan a la problemática concreta que enfrentan las mujeres.
A partir del Análisis del Comportamiento del Proceso Electoral 2007 realizado por el Grupo Promotor de los Derechos Políticos de las Ciudadanas (GPDPC), se presentó una propuesta legislativa el 3 de junio de 2008 a las diputadas de la Comisión de Equidad y Género de la LXII Legislatura. El proyecto incluía la paridad en el registro de las candidaturas a todos los cargos –presidencia municipal y regidurías, sindicaturas y diputaciones– con reglas para apoyar su aplicación. En junio de 2009 se dictaminó la propuesta original, se incluyó la paridad electoral en las candidaturas de propietarios/as y suplentes excepto las candidaturas para presidencia municipal, sindicaturas y las diputaciones de mayoría relativa, cuya aplicación de la paridad quedó sujeta a procesos democráticos internos de los partidos políticos, además de la alternancia en las listas.
Asimismo, se agregó a la propuesta original importantes financiamientos para impulsar la participación de las mujeres al interior de los partidos políticos, como el 2% del financiamiento público ordinario para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres.
Para el Grupo Promotor de los Derechos Políticos de las Ciudadanas (GPDPC) era fundamental que la paridad quedara establecida no sólo en la Ley Electoral sino en la Constitución del Estado, por lo que el 28 de octubre de 2008 presentamos a las diputadas y diputados del Congreso del Estado a través de la Comisión de Equidad y Género, iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado para instaurar la paridad electoral. Además, entregamos a la Junta de Coordinación Parlamentaria 3,914 firmas de mujeres y hombres que se sumaron a la propuesta de paridad electoral.
El 16 de diciembre de 2008 las diputadas de los diferentes partidos presentaron al pleno del Congreso la iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado, turnada a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y a la de Equidad, Género y Familia para su dictaminación.
La propuesta de reforma a la Ley Electoral del Estado de Chihuahua fue aprobada por unanimidad mediante Decreto 692/09 II. P.O., sin embargo, nunca fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua.
El 10 septiembre de 2009 el Congreso del Estado aprueba una nueva Ley Electoral, que se publica el 12 de septiembre del mismo año. En ella se incluyeron diferentes financiamientos para la participación política de las mujeres y la disposición de que los partidos políticos promovieran y garantizaran la igualdad de oportunidades, además de procurar la paridad de género mediante la postulación de mujeres a cargos de elección popular en el Congreso del Estado y Ayuntamientos, tanto de mayoría relativa como de representación proporcional. Las candidaturas que fueran resultado de un proceso de elección democrático, conforme a los estatutos de cada partido, quedaron excluidas de esa disposición.
En el año 2010 se aplica por primera vez la paridad en las candidaturas de diputaciones, regidurías y en las de sindicaturas de acuerdo a lo establecido en la nueva Ley Electoral publicada el 12 de septiembre de 2009.
El 15 de mayo de 2013 el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a través de la Sala Superior de Guadalajara resuelve la obligatoriedad del principio de paridad sin excepción alguna, derivado de impugnaciones promovidas por militantes del Partido Acción Nacional (PAN) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
El 29 de junio de 2015, se aprueba la reforma a la Constitución Política del Estado, con los temas principales de las candidaturas independientes, el porcentaje de votación estatal válida para tener acceso al financiamiento público estatal, la asignación de hasta tres diputados/as plurinominales adicionales, aumento de Magistraturas del Tribunal Estatal Electoral entre otros, lamentablemente dejaron fuera temas primordiales para los derechos de las mujeres como es la paridad horizontal, el financiamiento para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres y el relativo
El 13 de julio de 2015 se aprueba una reforma a la Ley Electoral, que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 22 de agosto del mismo año, en la que se estableció la paridad en sus dimensiones vertical y horizontal en las candidaturas a los cargos de ayuntamientos así como en las suplencias, y para las sindicaturas, y se rechaza el registro del número de candidaturas de un género que exceda la paridad.
Un retroceso de esta reforma fue que las y los diputados eliminaron el 15% del financiamiento destinado para mecanismos con perspectiva de género, el cual tenía como fin, facilitar a las mujeres la capacitación y contrarrestar las acciones que les impiden participar en el ámbito político.
En el proceso electoral 2016-2017 a los partidos políticos no les quedó más remedio que aplicar la paridad en las candidaturas a presidencias municipales ya que por fin quedó establecido en la Ley Electoral del Estado, a pesar de la enorme resistencia que hubo por años; también contribuyeron la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 2014 y los antecedentes que los organismos electorales sentaron en los comicios de 2015, en particular al renovarse las autoridades municipales.
El principal logro relativo a la integración de la LXV Legislatura lo constituye en número de mujeres electas, ya que por la vía de mayoría relativa y de representación proporcional, fueron 13 y 4 respectivamente; por primera vez en la historia hubo una mayoría de mujeres con un 51%.
En el proceso electoral de 2017-2018 se puede apreciar una disminución en el acceso al cargo de diputaciones y Presidencias Municipales; 15 mujeres (45%) son diputadas, 11 por mayoría relativa y 4 por representación proporcional; en Presidencias Municipales quedaron electas 17 mujeres (25%), y un incremento en sindicaturas, ya que fueron electas 34 mujeres (51%), en regidurías tenemos una representación del 51%, 227 por mayoría relativa y 137 por representación proporcional.
El 14 de mayo de 2019, por unanimidad, el Senado mexicano aprobó la llamada Paridad Total, que es el derecho de las mujeres a participar en todos los espacios públicos en condiciones de igualdad con los hombres.
El 23 de mayo se vivió un hecho histórico en la Cámara de Diputados, con 445 votos a favor se aprobó la reforma a la Constitución para establecer la obligatoriedad para que las mujeres accedan a la mitad de los cargos públicos a nivel Federal, Estatal y Municipal en los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial y los organismos autónomos. Con esta reforma se garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres en México.
En diferentes momentos hemos visto como las senadoras y diputadas de diferentes ideologías partidistas, acompañadas por colectivos feministas han dejado a un lado sus diferentes posturas para lograr un objetivo en común en favor de los derechos de las mujeres, y en este tema no podía ser la excepción.
Esto es una reseña del camino que hemos recorrido mujeres comprometidas con los derechos políticos de las mujeres en el país y en Chihuahua, ahora el reto es generar los procesos para que las mujeres accedan a todos los puestos de toma de decisiones y no sólo en las funciones propias de los tres poderes sino que deberán considerar las áreas administrativas de los poderes y de los órganos constitucionales autónomos.
Por ello es de vital importancia que al momento de realizar las reformas necesarias a las leyes secundarias no se pierda lo ganado en los ámbitos locales, vigilar la aplicación de la norma, que la paridad se aplique a todos los cargos de toma de decisión en el servicio público, legislar en materia de violencia política, garantizar la inclusión de la población indígena y de las mujeres indígenas, así como en los órganos de dirección interna de los partidos políticos.
Dado en el Salón de Sesiones del H. Congreso del Estado, a los 17 días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.

Atentamente
DIP. BLANCA AMELIA GAMEZ GUTIERREZ.