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Elevan diputados a categoría de Ciudad a la cabecera del municipio de Guachochi

26 de noviembre de 2019.

En Sesión Ordinaria del Congreso de Chihuahua, el Pleno Legislativo reformó el artículo 11 del Código Municipal para el Estado, por la cual, luego de la publicación del decreto en el Periódico Oficial del Estado, se reconocerá a Guachochi como Ciudad.
Con dicho cambio, integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso, consideraron que se generarán muchos beneficios al municipio, lo cual se verá traducido en mayores inversiones públicas y privadas, turismo y una vida mejor para su población.
Al exponer el contenido del Dictamen al Pleno, el diputado Benjamín Carrera, integrante de la Comisión de Desarrollo Municipal y Fortalecimiento del Federalismo, señaló que se realizaron varias reuniones para analizar el tema, a la par de llevar a cabo una extensa investigación respecto de si habría algún conflicto de interés o consecuencia negativa para el municipio del mismo nombre, y se concluyó que por el contrario, la elevación de categoría a Ciudad, traería muchos más efectos positivos.
Detalló que al solicitar apoyo a la Secretaría de Desarrollo Municipal, ésta confirmó el cumplimiento de todos los requisitos descritos en el Código Municipal para el Estado, respecto a todo lo que debe cubrir un centro de población para que le sea otorgada la categoría de Ciudad, en esta ocasión a Guachochi.
El Legislador agregó que uno de los principales fundamentos presentados por el Ayuntamiento beneficiado, es el plantear un mejor desarrollo urbano y rural, a través del crecimiento ordenado, con servicios públicos que mejorarán el nivel de vida de la comunidad y habrá un mayor comercio, turismo y otras actividades que permitan el desarrollo sostenible.
Para finalizar, detalló que las categorías de centros de población se definen respecto de la clasificación otorgada por el Ayuntamiento respectivo, en base a la estructura de los servicios públicos que prestan, el grado de concentración demográfica y su importancia estratégica, de acuerdo a lo estipulado en el multicitado ordenamiento estatal.
Además informó sobre algunos de los requisitos que se deben cumplir para determinar un centro de población con la categoría de Ciudad, los cuales son: tener una concentración mayor a ocho mil habitantes, contar con infraestructura urbana, plano urbano, y tener equipamiento urbano para los servicios públicos como: agua potable, alcantarillado, alumbrado público, mercados, panteones, rastros, parques, seguridad pública y tránsito, de comunicación como: telégrafos, teléfonos, correo, transporte de carga, línea de pasaje; hospitales, reclusorios para los remitidos por faltas administrativas, entre otros.