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Ayuntamientos y comisiones podrán celebrar sesiones de acceso remoto o virtual

13 de julio de 2020.
La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, reformó el Código Municipal del Estado, a fin de adecuar la normativa estatal para que los ayuntamientos del Estado y las comisiones puedan reunirse, de manera excepcional, en sesiones de acceso remoto o virtual, ante declaraciones de emergencia sanitaria emitidas por las autoridades competentes.
El diputado Lorenzo Arturo Parga, presidente de la Comisión de Desarrollo Municipal y Fortalecimiento del Federalismo, señaló que dado a la actual contingencia de salud declarada por las autoridades federales, los tres órdenes de gobierno se han visto en la necesidad de adecuar sus ordenamientos, a efecto de dotar de medidas que permitan celebrar reuniones de acceso remoto o virtual, para continuar con las actividades correspondientes.
Es por ello, que el Poder Legislativo reformó el artículo 22 del Código Municipal, a fin de validar el que las Sesiones de Cabildo puedan celebrarse en la modalidad ya mencionada, ya que mientras subsista declaración de emergencia sanitaria, emitida por las autoridades, es indispensable salvaguardar la salud del personal que conforma los mismos, y a su vez, aportar certeza jurídica a los actos en materia municipal, argumentó el Legislador.
Dado a lo antes señalado, en el artículo en mención se redactó lo siguiente: El Ayuntamiento, así como las Comisiones, podrán reunirse de manera excepcional, en sesión de acceso remoto o virtual, ante declaraciones de emergencia sanitaria emitidas por las autoridades competentes, que impida la presencia física a las y los integrantes del Ayuntamiento al edificio que ocupe la presidencia municipal u otro alterno. Los municipios emitirán los acuerdos necesarios que establezcan los procesos y mecanismos para que se desarrollen de manera eficaz y segura dichas sesiones, reuniones, discusiones y votaciones