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Reforma Congreso el Código Municipal en materia de asociatividad municipal

13 de julio de 2020.
La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, reformó los artículos 29 y 180 del Código Municipal del Estado, en materia de asociatividad municipal.
El diputado Miguel La Torre Sáenz, presidente de las Comisiones Unidas de Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Desarrollo Municipal y Fortalecimiento del Federalismo, presentó el dictamen de Decreto ante el Pleno para su votación.
Con dichas adecuaciones, la persona titular de la Presidencia Municipal, tendrá como facultad, el proponer al Ayuntamiento, la celebración de instrumentos jurídicos para la coordinación y asociación dentro de los ramos de competencia municipal, en los términos previstos en los artículos 138 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua y 180 del Código Municipal, señaló el Legislador.
Además, dentro de las funciones y servicios públicos municipales, se estableció que los municipios, a fin de lograr una mejor prestación de servicios públicos, y previo acuerdo entre sus ayuntamientos, podrán dentro de los ramos de competencia municipal, coordinarse y asociarse para el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan.
Para finalizar, señaló que cuando se trate de municipios de otro Estado, se deberá contar con la aprobación del Congreso. Asimismo, cuando a juicio del ayuntamiento respectivo sea necesario, podrán celebrar convenios con el Estado para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de algunos de ellos, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio Municipio