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Exhortan a autoridades para vigilar e inhibir extracción clandestina de material de construcción

24 de septiembre de 2020. Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, exhortaron a diversas autoridades del Estado, así como del Ayuntamiento de Ciudad Juárez para que se realicen las gestiones jurídico – administrativas necesarias, a efecto de que no se continúe con la autorización y/o permiso, así como que vigile e inhiba la extracción clandestina e ilegal comercialización de material de construcción.
Este Punto de Acuerdo de urgente resolución, fue presentado por el diputado Misael Máynez Cano del GPPES, quien detalló que también dentro de este documento, se solicita que se revise el depósito clandestino e ilegal de desechos tóxicos vertedero y soterramiento de todo tipo de restos y residuos humanos e industriales, y la invasión y posesión de diversas superficies de terreno por personas precaristas.
Determinó que este exhorto se dirige específicamente al Ayuntamiento de Juárez, al Presidente Municipal de la ciudad fronteriza, a la Secretaría del Ayuntamiento de Juárez, al Director de Asentamientos Humanos del Municipio de Juárez, al Director de Ecología del Municipio de Juárez y al Director de Seguridad Pública de Juárez.
En este sentido, dijo que las actividades ilegales y que se puedan determinar cómo conductas antisociales de imputación y judicialización en caso de su comprobación, se deberán llevar a cabo y ejercen sobre el predio rústico federal en vías de titulación definitiva denominado “El Tapo”, amparado con título de propiedad No. 219 expedido por la Secretaría de la Reforma Agraria de conformidad al Decreto Presidencial del 26 de abril de 1940.
Expresó que es necesario que el Reglamento Interior del Ayuntamiento de Juárez, así como el Reglamento de Ecología y Protección al Ambiente de Juárez, se observen y se apliquen en este caso concreto en mención, que se ubica en las inmediaciones del cruce del Eje Vial Juan Gabriel y Periférico Camino Real, entre la Carretera a Casas Grandes y el Banco de Materiales del Grupo Cementos de Chihuahua.
Mencionó que el predio rustico del cual se ha proporcionado ubicación y localización, no se puede enajenar, es decir su dominio de propiedad y/o posesión, no se puede transmitir y además, no se puede perder vigencia o validez por el transcurso del tiempo y afirmó que en ocasiones anteriores se alertó y pidió a la SEDATU que se expidiera el título de propiedad definitivo.
“Como sabemos la pandemia del coronavirus evidenció más que nunca la importancia de un sistema de seguridad y legalidad que asegure el bienestar social y de calidad de vida de los chihuahuenses y por lo que es necesario indicar que las normas a las que se debe sujetar la organización interior de los ayuntamientos y el funcionamiento de la administración pública de esta Entidad Federativa estableciendo el buen funcionamiento y forma de operación promoviendo la cultura institucional y respeto a la legalidad”, puntualizó.
Por último, dijo que estas acciones, buscan que se preserve la perspectiva de derechos humanos, así como los principios constitucionales y que se dicte para ello, las disposiciones generales o particulares que se requieran para su eficaz cumplimiento.