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Reforma Congreso la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado

16 de febrero de 2021. El Congreso de Chihuahua, realizó una serie de adecuaciones a la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Estado de Chihuahua, con la finalidad de armonizar dicho ordenamiento estatal, con tratados, convenios e instrumentos internacionales suscritos por México, en materia de derechos humanos.
Dentro de la exposición del Dictamen, la diputada Blanca Gámez Gutiérrez, integrante de la Comisión de Derechos Humanos, externó que el principio de no discriminación tiene como objetivo garantizar la igualdad de trato entre los individuos; es decir, prohibir todo trato diferenciado, bien sea de manera directa o indirecta, que pudiera anular o menoscabar el goce o ejercicio de un derecho humano sobre una base de igualdad de oportunidades.
Agregó que dicho principio se encuentra dentro del artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se refiere a que queda prohibida toda discriminación motivada por el origen étnico o nacional, pero también por el género, entre otros elementos; así mismo, obra dentro del instrumento jurídico internacional de la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Además, refirió que el 10 de diciembre de 2020, ella, en su carácter de Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso, suscribió un Memorando de entendimiento entre la entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONUMUJERES), en el marco de la iniciativa Spotlight que diversas agencias de las Naciones Unidas han impulsado para la prevención, investigación, sanción y erradicación de la violencia contra las niñas y las mujeres en México.
Dicha iniciativa Spotligth incluye entre sus acciones de trabajo, el denominado Pilar 1 sobre la necesidad de la armonización legislativa local y federal, acorde con los estándares internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres. En ese marco se han sostenido diversas reuniones con personal de ONUMUJERES y con quienes han colaborado en el Pilar 1, a efecto de recibir y escuchar las propuestas que desde esas instancias consideran pertinentes incorporar en la discusión de la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Chihuahua; continuó.
Es por lo antes mencionado, que se reformaron el artículo 3, primero y tercer párrafo; 4, fracción I; 9 primer párrafo, segundo párrafo fracciones I, II, XIV,XV, XXIV, XXX y XXXIII ; la denominación del capítulo II; los artículos 11 primer párrafo, fracciones I, IV, VI, VIII, XI, XII; 12 primer párrafo, 13 primer párrafo, fracciones XVI y XVII; 14 primer párrafo, fracciones V,VII, IX y X; 15 primer párrafo; 16 primero y segundo párrafo; 17; 28 y 30; se ADICIONAN al artículo 4 las fracciones IX y X; 9 segundo párrafo fracciones XXXIV a XLII; 10 Bis;10 ter; 10 Quáter; 10 Quinquies; 13 fracción XVIII; y 14 fracción XI; y se derogó el artículo 9 segundo párrafo fracción XVII, de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Chihuahua.
Para finalizar, la Legisladora señaló que con las adecuaciones realizadas, los organismos públicos tendrán herramientas adecuadas, para la implementación de acciones afirmativas, medidas de inclusión y de nivelación.