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Expide Congreso la Ley de los Cuerpos de Bomberos del Estado de Chihuahua

29 de abril de 2021. Dado a la necesidad de contar con un ordenamiento que dé certeza, estabilidad y seguridad a todos los miembros de los cuerpos de bomberos, y de contar con una reglamentación de las actividades en el desempeño de su función, el Congreso del Estado, expidió la Ley de los Cuerpos de Bomberos.
La diputada Georgina Bujanda Ríos, presidenta de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil, informó que dicho ordenamiento consta de 40 artículos, y tiene por objeto definir y precisar las funciones, facultades y deberes de los cuerpos de bomberos, establecer el Servicio Profesional de Carrera, regular los patronatos y asociaciones; entre otros.
Asimismo, se establece que para tener la calidad de bombero, es necesario contar con el nombramiento oficial que le expida el municipio correspondiente. Asimismo se detalla que los cuerpos de bomberos se conformarán de acuerdo con la capacidad presupuestal de cada municipio, para lo cual, el Ayuntamiento deberá establecer suficiencia presupuestal para su operación, considerando los criterios de población, incidencia de siniestros y la expansión territorial de su municipio.
Además se detalla dentro de la Ley, que el patrimonio de los cuerpos de bomberos será integrado por muebles e inmuebles que la administración pública estatal y/o municipal respectiva les asigne, fondos, subsidios y asignaciones presupuestales así como donaciones, legados, transferencias y demás aportaciones voluntarias que las personas físicas, morales, o cualquier organismo nacional o extranjero otorguen, y todos aquellos que puedan estar asignados por otras disposiciones legales.
En lo relativo a las categorías jerárquicas, se establecieron las siguientes: Comandante, Subcomandante, Capitán, Oficial, Teniente, Bombero Primero, Bombero Segundo y Bombero; y se estipuló que cada municipio deberá tener sus prácticas de promoción, conforme a una serie de lineamientos.
La Legisladora refirió que con la normativa expedida y con las adecuaciones realizadas a diversos ordenamientos jurídicos del Estado, para incluir a los bomberos dentro del Sistema Estatal de Protección Civil y considerar su labor como una función municipal, se brinda certeza y seguridad tanto a las personas se desempeñan dentro de los cuerpos de bomberos, así como a la ciudadanía, al ser parte estructural que conforma la administración pública, al ser parte de las responsabilidades de los servicios y las funciones que debe prestar el estado a las y los ciudadano.
Para finalizar, Bujanda Ríos, informó que dentro de los artículos transitorios, se determinó que los municipios del Estado, deberán armonizar sus reglamentos de conformidad con la Ley para que entren en vigor cuando lo haga el Decreto de creación de la misma.