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Autoriza Congreso a Gobierno del Estado para que enajene inmuebles en diferentes municipios de la Entidad

24 de agosto de 2021. El Pleno del Poder Legislativo, dentro de su Decimotercer Periodo Extraordinario de Sesiones, aprobó dictámenes emanados de la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Desarrollo Urbano, relativos a la enajenación a título oneroso y gratuito -según el caso-, de inmuebles ubicados en los municipios de Chihuahua, Camargo y Parral.
En lo que se refiere al inmueble ubicado en la ciudad de Chihuahua, se autorizó al Ejecutivo del Estado para que, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, transfiera a título oneroso a favor de la persona moral CSI INDUSTRIAL, S.A. de C.V., el inmueble ubicado en la reserva denominada “La Haciendita”, con una superficie de 5,048.52 m2, el cual se destinará únicamente para la construcción de un Centro de Ingeniería, de lo contrario, dicha propiedad se revertirá al patrimonio del Estado.
De igual manera, se facultó al Ejecutivo del Estado, para que por conducto de la Secretaría de Hacienda, enajene a título gratuito en favor del Municipio de Camargo, el inmueble ubicado en Calle Lerdo de Tejada número 609, sector Centro, de la ciudad de Santa Rosalía de Camargo, conformado por tres fracciones identificadas como “A”, “B” y “C”, el cual se destinará para la instalación de áreas recreativas para beneficio de las y los camarguenses, como complemento del Gimnasio Municipal denominado “General Práxedes Giner”.
Asimismo, se autorizó al Ejecutivo del Estado para que, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, enajene a título gratuito, a favor de la persona moral denominada Casa Hogar CRREAD de Chihuahua, Asociación Civil, el inmueble ubicado en la ciudad de Hidalgo del Parral, con una superficie de 1-24-22.47 hectáreas, predio inscrito en mayor superficie a favor del Estado.
En los casos de los inmuebles de Camargo y Parral, se estableció como obligatoriedad el destino referido en cada situación, lo cual no debe exceder el plazo de dos años contados a partir del momento en que se realice la escrituración correspondiente, ya que de lo contrario se revertirá al patrimonio del Estado.