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Aprueban diversas disposiciones a favor de las niñas, niños y adolescentes en el Estado

24 de agosto de 2021.
Las y los diputados de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso local, aprobaron durante el Decimotercero Periodo Extraordinario de Sesiones, diversas disposiciones a favor de las niñas, niños y adolescentes en el Estado de Chihuahua, correspondientes al trabajo legislativo de la Comisión de Juventud y Niñez.
En primera instancia, aprobaron el dictamen con carácter de decreto, por el que se reforma el artículo 6, primer párrafo; y se adiciona al artículo 123, la fracción XXVII, ambos de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua, a fin de que se diseñen programas enfocados a la población de niñas, niños y adolescentes comprendidos en las edades de once a quince años.
En lo que respecta al Artículo 6, se adicionó: “Para tal efecto, se podrá convocar a las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y organismos de defensa de los derechos humanos para evaluar los resultados de los programas implementados”.
En Artículo 123, se agregó la fracción XXVII, que cita: “Promover la implementación de programas de prevención social de violencia y delincuencia orientados a niñas, niños y adolescentes, que contengan temas de nutrición, rendimiento académico, capacitación para el trabajo, actividades físicas y lúdico-formativas; con el propósito de fomentarles un desarrollo integral”.
Como segundo punto de la Comisión Legislativa, se aprobó el dictamen con carácter de iniciativa ante el H. Congreso de la Unión, a fin de adicionar al artículo 98, un tercer párrafo, de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con la finalidad de realizar una mejora regulatoria en materia de colaboración de autoridades para garantizar una mayor protección a niñas, niños y adolescentes migrantes.
Dicha adición, cita: “En aquellos casos en que una niña, niño o adolescente sea canalizado a un albergue asistencial en el extranjero, el Instituto Nacional de Migración deberá compartir la información obtenida con el personal consular correspondiente de la localidad en la que se encontrará la niña, niño o adolescente dentro del territorio extranjero y dar seguimiento para que se cumpla la cadena de su protección”.
Por último, se aprobó por las y los legisladores, el dictamen con carácter de decreto, mediante el cual se adiciona al artículo 164, un cuarto párrafo, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua.
En este documento, se estableció que las autoridades realicen campañas de difusión sobre acceso a las denuncias del abuso infantil, maltrato infantil, intrafamiliar o cualquier conducta o hecho que vulnere derechos que pudieran afectar el desarrollo integral de alguna niña, niño o adolescente.